La sentencia del TC, conocida este martes, reprocha al Parlamento catalán haber dejado a los ciudadanos “a merced de un poder que dice no reconocer límite alguno” y, por tanto, arbitrario
El Tribunal Constitucional español anuló definitivamente este martes la ley catalana por la que el Ejecutivo regional convocó el referéndum prohibido sobre la independencia del pasado 1 de octubre, recordando que Cataluña no tiene el derecho a la autodeterminación.
La corte informó en un comunicado haber “declarado la inconstitucionalidad y nulidad de la totalidad de la Ley de Cataluña 19/2017, de 6 de septiembre, denominada ‘del referéndum de autodeterminación’, suspendida cautelarmente el pasado 7 de septiembre”.
“Para ninguno de los ‘pueblos de España’ […] existe un ‘derecho de autodeterminación'”, indicó el fallo unánime de los 12 jueces del tribunal. El “‘derecho’ a promover y consumar su secesión unilateral del Estado […] no está reconocido en la Constitución”, agregó.
Desde 2014, la justicia española ha anulado sistemáticamente las decisiones y resoluciones del Ejecutivo y del Parlamento catalanes destinadas a la organización de un referéndum de autodeterminación.
La ley por la que se convocó el referéndum fue suspendida al día siguiente de ser votada por el Parlamento regional catalán, en una caótica sesión que fue calificada por diputados unionistas como “golpe de Estado” de la mayoría independentista.
El referéndum tuvo lugar el 1 de octubre, pese a los esfuerzos del Gobierno central y la justicia española por impedirlo, y estuvo marcado por cargas policiales.
La consulta, que no contó con las garantías electorales habituales, fue ganada por el ‘sí’ con un 90% de los votos y un 43% de participación, según los independentistas.
El Gobierno central insiste en que las autoridades catalanas están en la “ilegalidad” y amenazan con suspender, en parte o en su totalidad, la autonomía de Cataluña.