Histórico fallo de la Corte Suprema condena excesos de la Policía

Histórico fallo de la Corte Suprema condena excesos de la Policía
La familia Ahir viajaba hacia el interior el 23 de octubre de 2013 cuando una confusión policial acabó con la vida de dos de sus miembros más jóvenes. Foto/ RRSS

El máximo tribunal del país estimó que agentes de la Policía Nacional actuaron de manera irregular  y defectuosa en una conducta reprochable, “un exabrupto”. La sentencia del tiroteo mortal de San Carlos 

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia sentenció a la Policía Nacional al pago de 400 mil dólares a una familia por la muerte a tiros de dos menores  el pasado 23 de octubre de 2013. Las víctimas  de 15 y dos años de edad viajaban con el resto de su familia en los alrededores de San Carlos, cuando en una confusa situación al llegar a un retén de policía, los agentes  abrieron fuego acabando con la vida de estas personas. 

La familia de origen hindú, presentó una acción legal contra el Estado y exigían una compensación de 5 millones de dólares por la acción de la Policía. En la sentencia sin precedentes los magistrados Abel Zamorano y Cecilio Cedalise estimaron que los agentes violaron la Ley Orgánica de la Policía Nacional en una acción plagada de negligencias. 

Por el caso ya hay un teniente condenado a 30 años de prisión al determinarse que fueron proyectiles disparados por su arma los que alcanzaron a Bhiku y Twinkal, mientras se dirigían hacia el interior en un paseo familiar. 

Según el dictamen, los miembros de la institución armada no atendieron el principio del uso de la fuerza letal plasmado en la ley Orgánica, que lo reserva como el último recurso y solo  en defensa de la propia vida. 

La sentencia fija el pago de 200 mil dólares por cada víctima a la familia Ahir y obliga a la Policía Nacional a pedir disculpas a través de su director y les pide que organicen jornadas de capacitación en Derechos Humanos para reducir las posibilidades de que una acción como esta se repita. 

Según el fallo en el caso los agentes de la Policía actuaron de manera irregular y defectuosa, en lo que califican como un “exabrupto”.  Califican el procedimiento empleado como negligente y alejado del sentido de profesionalismo y responsabilidad. 

 

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