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Denuncian que publicidad de Ernesto Cedeño en taxi viola reglamentacion del TE

Denuncian que publicidad de Ernesto Cedeño en taxi viola reglamentacion del TE
En una unidad de taxi aparece la imagen de precandidato independiente. Foto/Cortesía

El artículo 3 del Decreto Número 13 prohíbe fuera de los periodos de campaña, difundir propaganda electoral a favor o en contra de ciudadanos o partidos, pagada o donada, en cualquiera de las forma

En una unidad de transporte selectivo de taxi, específicamente en la parte trasera de vehículo se aprecia la imagen del precandidato independiente, Ernesto Cedeño. En esta se lee Ernesto Cedeño aspirante a la presidente 2019.

Esta acción viola una de las 37 reglamentaciones que ha dictado el Tribunal Electoral, sobre el código que regula la materia, indicó Miguel Antonio Bernal, catedrático universitario y también precandidato independiente para presidente en los comicios del 2019

De acuerdo con el Decreto 13 que establece los alcances y limitaciones de la campaña electoral del 2019 esta promoción de la candidatura de Cedeño violaría el artículo 3 de la citada reglamentación, ya que este se establece un periodo de veda de 45 días antes de las elecciones internas partidarias.

El artículo 3 de la citada reglamentación establece que fuera de los periodos de campaña queda prohibido: difundir propaganda electoral a favor o en contra de ciudadanos o partidos, pagada o donada, en cualquiera de las formas. En el caso de internet y redes sociales, se prohíbe la difusión de propaganda electoral, pagada o donada en o por administradores y canales virtuales.

El pasado 13 de octubre Los magistrados del Tribunal Electoral (TE) firmaron el Decreto 13 que establece los alcances y limitaciones de la campaña electoral del 2019. Esto parte de la reglamentación de la Ley 29, que reformó el Código Electoral.

 

 

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