Mitradel: Descanso obligatorio por Día del Trabajador no es transferible

Mitradel: Descanso obligatorio por Día del Trabajador no es transferible
Vista panorámica de la ciudad de Panamá. Foto/Archivo

El Mitradel reiteró que el 30 de abril próximo es un día de jornada ordinaria normal de trabajo

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), reiteró al sector tanto público como privado del país, que el día de descanso obligatorio por la conmemoración del Día Internacional de los Trabajadores, no puede  transferirse para tomarse el lunes 30 de abril.

Esto, debido a que el artículo 46 del Código de Trabajo actualmente no contempla la posibilidad de transferir el descanso obligatorio, por lo que corresponderá tomarlo el día martes 1° de mayo. Es decir, que el 30 de abril próximo es un día de jornada ordinaria normal de trabajo.

“En cumplimiento con el artículo No. 46 del Código de Trabajo el próximo 1 de mayo será día de descanso obligatorio por fiesta nacional para el sector público como privado en conmemoración del Día Internacional de los Trabajadores”, cita un comunicado de prensa emitido por el Mitradel.

 

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