Pelenchín Caballero comienza trabajo comunitario en Municipio de Colón

Pelenchín Caballero comienza trabajo comunitario en Municipio de Colón
Caballero fue condenado el 8 de febrero de este año a cinco años de prisión por el delito contra la seguridad colectiva luego de que el 10 de marzo de 2016 fueran encontrados paquetes de cocaína en su vehículo. Foto/ David Pérez

“Los que hablan de mi son personas que no me conocen.Dios conoce mi corazón nunca he sido persona que me he portado mal con nadie”, dijo Pelenchín a su llegada a la comuna colonenese

Recibido con aplausos, a tempranas horas de la mañana de este martes 22 de mayo, el  excampeón mundial de boxeo, Celestino “Pelenchín” Caballero, acudió al Municipio de Colón para ejercer el trabajo comunitario en reemplazo de la pena carcelaria que mantenía hasta ayer, lunes 21 de mayo.

Un Juez de Cumplimiento del Primer Distrito Judicial concedió el trabajo comunitario a Celestino “Pelenchín” Caballero, en el Municipio de Colón, como ayudante general,

Desde hoy, martes, Pelenchín deberá cumplir con una jornada laboral de 8:00 a.m. a 12:00 m.d., los días martes y miércoles, en el departamento de ornato y limpieza en el Municipio colonense.

“Los que hablan de mi son personas que no me conocen.Dios conoce mi corazón nunca he sido persona que me he portado mal con nadie”, dijo Pelenchín a su llegada a la comuna colonenese.

“Yo he hecho 99 buenas y una mala y eso no va ser el atraso de mi vida”, agregó el boxeador, quien aclaró que nunca ha vendido droga y que “solo la transporte para ganarme algo, y gracias a Dios no llegó a las calles”.

Hasta que se cumpla su condena, el boxeador residirá en la casa de su cuñado, ubicada en el sector atlántico de Altos de San Judas.

El excampeón mundial de boxeo, condenado a cinco años de prisión por el delito contra la seguridad colectiva, apeló por segunda ocasión al reemplazo de pena por trabajo comunitario, luego de que en marzo pasado se le negara la solicitud.

La negación de la juez sobre la solicitud de trabajo comunitario, de acuerdo con la abogada Sheila Wharton fue debido a que no contaba con el visto bueno de la junta técnica del Sistema Penitenciario, requisito que exige el artículo 65 del Código Penal.

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