La Ley 45 de 31 de octubre de 2007 establece en los artículos 58 al 64 una serie de normas sobre la publicidad, que deben cumplir todos los anunciantes. Entre ellas, se destaca la normativa referente a la información de precios señalada en el artículo.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) informó que hasta este 8 de noviembre, ha impuesto 609 sanciones en primera instancia por B/.571,300.00 a diferentes agentes económicos, por incumplimiento de las normas de veracidad de la publicidad.
La Acodeco señaló que entre las actividades, con mayor monto de multas, se encuentran almacenes de ropa y calzados con 166 por 112 mil balboas, almacenes por departamentos (96 multas por B/.68,000.00), empresas de telefonía (12 sanciones por B/.41,200.00), supermercados (24 por B/.39,600.00) y zapaterías (38 por B/.29,600.00).
El administrador de la Acodeco, Oscar García Cardoze, señaló que todo anuncio publicitario debe ajustarse a la verdad y que el anunciante debe tener cuidado de que no se tergiversen los hechos y que el anuncio o la publicación no induzca a error o confusión.
Cabe destacar, que el consumidor, con fotos, puede probar que el artículo tenía el mismo precio, días e incluso horas antes de la oferta anunciada y con esto puede denunciar que el local no está realizando una venta objetiva en su propósito de presentar una nueva oferta.