Dos demandas para permitir la unión matrimonial entre dos personas del mismo sexo fueron acumuladas en un expediente, que está en la agenda para ser debatido en el pleno del máximo tribunal panameño este jueves 13
La Corte Suprema de Justicia considerará hoy para su discusión dos demandas que pretenden que se declare la prohibición del matrimonio entre homosexuales violatoria de la Constitución, informó la Alianza Panameña por la Vida y la Familia.
Se trata de dos demandas de inconstitucionalidad presentadas contra el artículo 26 de la Código de la Familia interpuestas por la firma Morgan & Morgan: una en representación de Enrique Raúl Jelenszky y otra en nombre de Álvaro José López Levy, que fueron acumuladas en un expediente, que quedó radicado en el despacho del magistrado Luis Ramón Fábrega, quien deberá elaborar un proyecto de fallo que, según fuentes extraoficiales, ya está elaborado y circula entre sus colegas.
Las dos acciones piden declarar inconstitucional los artículos 26 del Código de la Familia que define el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y el artículo 35 del Código de Derecho Internacional Privado de la República de Panamá. que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo.
En ese sentido, la Alianza Panameña por la Vida y la Familia, manifestó que espera, que la decisión de la CSJ, sea a favor de la familia natural y se declare constitucional, el Código de la Familia, específicamente su articulo 26. Esta organización emitió un comunicado en el que sostiene que la propuesta para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo “proviene de la imposición de los organismos internacionales que buscan cambiar la cultura e idiosincrasia de los pueblos, favoreciendo el totalitarismo ideológico, que busca abrir las puertas a todo tipo de práctica sexual en menoscabo de la familia natural, la sociedad panameña y su tradición cultural”.
El matrimonio homosexual, ha sido aprobado en Canadá, Estados Unidos, México, Argentina, Ecuador, Chile, Brasil, Uruguay , Argentina y Colombia. No es reconocido en Nicaragua, El Salvador, y Perú además de Panamá.