Detención provisional a hombre capturado en operativo contra pornografía infantil

Detención provisional a hombre capturado en operativo contra pornografía infantil
Foto/Archivo

El hombre enfrentaría una pena de 10 a 15 años por el delito contra la integridad y la libertad sexual 

Ayer, 5 de septiembre, el Ministerio Público (MP) informó que en una operación denominada “Luz de la Infancia 5”  contra la explotación sexual infantil, la Fiscalía de Atención Primaria, la Dirección Nacional de Inteligencia Policial de la Policía Nacional y peritos de Informática Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, realizaron diligencias de allanamientos  en diversos puntos del país para desmantelar supuestos centros de acopio y distribución de material con contenido pornográfico.

Las acciones que empezaron a las 6:00 a.m., de ayer desarrollaron 13 diligencias en Chiriquí, Los Santos, Coclé, Panamá Oeste, distrito capital, San Miguelito, dentro de las investigaciones seguidas por la presunta comisión de los delitos Contra la Libertad e Integridad Sexual (Corrupción y Explotación Sexual de Personas Menores de Edad).

Además, se efectuó simultáneamente en naciones hermanas como Estados Unidos, Ecuador, Brasil, Chile, El Salvador y Paraguay.

Se lograron recabar 28 indicios en la provincia de Chiriquí, 5 indicios en Los Santos, 563 en Coclé, 285 indicios en la provincia de Panamá y en Panamá Oeste 226, que pudiesen guardar relación con el delito de posesión o distribución de pornografía infantil.

Los Fiscales del Ministerio Público de las 5 provincias y los peritos de Informática Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, realizaron las incautaciones de datos de los equipos recabados en las diligencias de allanamiento y registro, con el fin de verificar la existencia de este tipo material.

Con este operativo Panamá dice “NO a la Pornografía Infantil” y reafirma su compromiso de seguir combatiendo este y cualquier otro delito, acotó el MP.

Cabe recordar que el artículo 184 del Código Penal  dicta que quien fabrique, elabore por cualquíer medio o produzca material pornográfico o lo ofrezca, comercie, exhiba, publique, pub licite, difunda o distríbuya a través de Internet o de cualquíer medio masivo de comunícación o información nacional o internacional, presentando o representando virtualmente a una o varias personas menores de edad en actividades de carácter sexual, sean reales o simuladas, será sancionado con prisión de cinco a diez años.
Añade que la pena será de diez a quince años de prisión si la víctima es una persona menor de catorce años, si el autor pertenece a una organización criminal nacional o internacional o si el acto se realiza con ánimo de lucro.
Operativo internacional contra la pornografía infantil. Foto: MP.

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