TI: Destitución del Defensor del Pueblo violó garantías constitucionales

TI: Destitución del Defensor del Pueblo violó garantías constitucionales
El Ombudsman, Alfredo Castillero Hoyos, acudió al pleno de la Asamblea Nacional el pasado 9 de octubre. Foto: Cortesía.

Transparencia Internacional cuestionó el actuar del Órgano Legislativo. Agregó que la Corte Suprema de Justicia es la competente para realizar las investigaciones en casos penales. 

La Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana Capítulo Panameño de Transparencia Internacional, emitió este viernes un comunicado asegurando que la destitución del Defensor del Pueblo, el 9 de octubre,  se dio “en violación de garantías constitucionales y en desprotección a los derechos humanos por parte del Órgano Legislativo, fuente de las leyes y que no puede prescindir de ellas para actuar, ni interpretarlas a su conveniencia para obtener un objetivo político”.

El ahora exdefensor, Alfredo Castillero Hoyos, fue destituido por supuestas acusaciones de delito por acoso sexual y laboral durante su administración.

La Comisión de la Mujer presentó un expediente de al menos mil hojas con supuestos testimonios y pruebas de presuntas víctimas, por lo que emitieron un juicio durante la comparecencia de Castillero Hoyos en el Ejecutivo, y luego sometieron a votación su remoción, la cual se dio con 65 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones.

Por lo anterior, Transparencia Internacional recordó que “es a la Corte Suprema de Justicia, no a la Asamblea Nacional, a quien le corresponde investigar y juzgar al Defensor del Pueblo en casos penales y policivos, por la calidad del cargo como Alta Autoridad de Estado, como dictan los artículos 10 y 15 de la Ley 7 de 1997, reformada por la Ley 41 de 2005, Ley de la Defensoría del Pueblo. Por tanto, es flagrante la ilegalidad de la investigación llevada a cabo por la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia, y la subcomisión para ese propósito articulada”.

Seguidamente, el proceso de destitución que se llevó a cabo en el pleno el día 9 de octubre no respetó el debido proceso ni la presunción de inocencia, agregó.

El organismo indicó que la Asamblea Nacional debe, además, remitir a la Corte Suprema de Justicia toda la información de lo que pueda ser la comisión de delitos. De lo contrario, no hacerlo niega a la ciudadanía y a los implicados(as) ver cumplida la justicia frente a posibles delitos por cuenta del funcionario.

Además, “el objetivo de lo sucedido en la Asamblea Nacional queda en evidencia de forma inmediata, con la exigencia de renuncia a directores y jefes hecha por la Defensora Adjunta encargada Maribel Coco, quien militaba en el PRD hasta hace 15 días, tan pronto tomó posesión del cargo. Con ello, las fuerzas políticas partidistas toman inmediato control de una institución que requiere neutralidad, conocimientos técnicos y experiencia, ya que debe ser la primera línea de atención y defensa de
los derechos humanos de los habitantes del país”.

“Frente a decisiones inmediatas, esperamos que la Asamblea Nacional aplique la incompatibilidad descrita en el artículo 13 de la Ley 7 de 1997, por filiación partidista, para declarar impedida a la actual Defensora Adjunta de asumir el cargo, siquiera temporalmente”, manifestó la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana.

“Llamamos a la Corte Suprema de Justicia, al Órgano Ejecutivo, a la Procuraduría de la Administración y a la ciudadanía a manifestar su desacuerdo con este acto de ilegitimidad política, que va contra los derechos humanos, el servicio de la justicia, es un despropósito político y coloca en inseguridad jurídica a todos: instituciones y ciudadanos por igual”, concluyó.

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