Consideran que esta figura no brindan la debida celeridad a los casos de pensión alimenticia, el maltrato a la mujer, la violencia doméstica, entre otras controversias comunitarias.
Para determinar las falencias de la Ley 16 de 2016 que instituyó la Justicia Comunitaria de Paz a fin de incluir las modificaciones pertinentes que la hagan efectiva, la Comisión de la Mujer se reunió en una mesa de trabajo con representantes de esa figura para debatir temas que han impedido su funcionalidad.
El licenciado Francisco Gutiérrez, asesor de esta comisión, dijo que la reunión se da ya que se considera que los jueces de paz, que reemplazaron a los corregidores, no brindan la debida celeridad a los casos de pensión alimenticia, el maltrato a la mujer, la violencia doméstica, entre otras controversias comunitarias.
En la mesa de trabajo, los jueces de paz de diversos corregimientos se hicieron presentes para aportar sus experiencias y de esta manera colaborar con la modificación de la Ley 16, indicó la Asamblea.
También estuvieron presentes personal de la Procuraduría de la Administración y del Ministerio de Gobierno y Justicia que expresaron estar abierto a la adopción de cualquier cambio y se amolde el sistema actual.
Al final de las exposiciones, se estableció un cronograma para las reuniones que continuarán el miércoles 4 de diciembre en un horario de 9:00 a.m. a 12:00 m.d., las que se harán a puertas abiertas dándole la oportunidad a la sociedad de aportar ideas.
Esta Ley regula la justicia comunitaria y la aplicación de los métodos de solución de conflictos en Panamá para promover la solución efectiva de las controversias comunitarias y la convivencia pacífica, a fin de garantizar el acceso democrático a la justicia por igual, sin discriminación de raza, sexo, religión o ideología política.