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AMP otorga extensión temporal de 3 meses a las licencias de marino vencidas

AMP otorga extensión temporal de 3 meses a las licencias de marino vencidas
AMP aplica medidas para marinos panameños que laboran en aguas nacionales e internacionales.

La medida de la Autoridad Marítima de Panamá se da en virtud de la pandemia mundial COVID-19.

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP), informó que debido a la situación de pandemia producida por el nuevo coronavirus (COVID-19), otorgó una extensión de tres meses aplicable a la vigencia de las licencias vencidas entre enero y marzo del año 2020, a los marinos que laboran a nivel internacional en los buques de bandera panameña.

A nivel nacional, la extensión de los tres meses aplica a las licencias para marinos de aguas nacionales que estén vencidas desde enero de 2020, y a partir de la nota del 13 de marzo del 2020.

“Los contratos de trabajo de la gente de mar, que se venzan en el periodo comprendido entre enero a marzo de 2020, se extenderán por tres meses; esta medida ya se le ha comunicado a los armadores, operadores de buques, y empresas de colocación de gente de mar”, destacó la AMP.

Precisa que si se tiene un contrato laboral de 11 meses, el marino debe irse de vacaciones como lo establece el Convenio sobre el Trabajo Marítimo 2006, pero debido al estado de emergencia actual, se permite una extensión de tres meses con base a una serie de requisitos que deben ser enviados a la Oficina Técnica de Documentación de Buques (SEGUMAR).

“La extensión del acuerdo de empleo de la gente de mar de la marina mercante se hará con base a la presentación de una serie de requisitos que incluye la solicitud de la extensión del certificado, a través de correo electrónico, detalles del buque, nombre de la tripulación y puesto que ocupa a bordo”, destaca la AMP.

Explica que también se debe enviar copia del acuerdo de cada persona que solicita la extensión, lista de la tripulación, copia del certificado de registro, entre otros.

La AMP también señala que, al final de la extensión proporcionada por la administración de la entidad marítima, todos los marinos tienen el derecho de tener sus vacaciones anuales pagadas y ser debidamente repatriados como lo establece el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, enmendado (MLC, 2006).

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