Las medidas a adoptar en el marco de la pandemia que se vive por la propagación del coronavirus COVID-19, han sido igualmente apoyadas por iniciativa del propio sector industrial.
La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), informó al sector pesquero industrial del país, que con el objetivo de proteger la salud y vida de los pescadores, capitanes y sus familiares, los cuales se constituyen en los actores clave para el desarrollo de esta importante industria, que colabora en garantizar la seguridad alimentaria de la población en general, y siguiendo las recomendaciones de nuestras autoridades del Ministerio de Salud, se procederá a dictar medidas encaminadas a la suspensión provisional de las actividades pesqueras de quienes faenan con licencias de pesca de Camarón, Doncella y Pajarita, y Anchoveta, Arenque y Orqueta.
Las medidas a adoptar en el marco de la pandemia que se vive por la propagación del coronavirus COVID-19, han sido igualmente apoyadas por iniciativa del propio sector industrial, el cual ha manifestado a la Autoridad su preocupación por la tripulación y capitanes que operan estas embarcaciones, cuyas edades oscilan entre los 55 y 65 años, constituyéndose en población de mayor riesgo, en caso de contagio, siendo que estas pesquerías se concentran en tres (3) puertos del país, lo cual genera aglomeración de personas al iniciar y culminar las faenas de pesca.
Se informa a los propietarios y capitanes de las nueve (9) embarcaciones con licencia de pesca de Doncella y Pajarita que se encuentran faenando actualmente, que en el marco de estas medidas sanitarias, deberán retornar a puerto, para lo cual, se les otorga un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, a partir de la comunicación de la presente medida.
ARAP indicó que hace de conocimiento de los propietarios de embarcaciones con las licencias de pesca enunciadas en el presente comunicado, que a más tardar el día veintiocho (28) de abril, la Autoridad estará anunciado las fechas de levantamiento de la medida de suspensión provisional, a partir de las cuales, podrán continuar con normalidad el desarrollo de las actividades pesqueras.