La Junta Directiva del Parlamento Centroamericano concluyó que ha procedido conforme lo establecido en su Tratado Constitutivo y al Reglamento Interno del Parlamento Centroamericano.
La Junta Directiva del Parlamento Centroamericano, se pronunció indicando que ha actuado en base al Tratado Constitutivo y al Reglamento Interno del Parlamento, en cuanto la solicitud de juramentación de los Diputados Suplentes por el Estado de Panamá, Luis Enrique Martinelli Linares y Ricardo Alberto Martinelli Linares
La JD del Parlacen detalló el proceder a través de un comunicado en redes, sobre la solicitud de los hermanos Martinelli Linares en medio de un proceso de extradición, solicitados por EE. UU, por supuesto lavado de dinero.
Los Diputados fueron electos por sufragio universal y directo por Panamá con fecha 5 de mayo de 2019 en la República de Panamá, reitera el comunicado.
La Junta Nacional de Escrutinio (JNE) proclamó el 4 de junio de 2019 electos a los 20 Diputados titulares para el Parlamento Centroamericano y sus respectivos Suplentes, quienes recibieron sus constancias por parte del Tribunal Supremo Electoral de Panamá, para ocupar el cargo por un período de 5 años.
La JD señaló que de conformidad con el Artículo 17 y 18 del Reglamento Interno, la Comisión de Credenciales del Parlacen recibió la documentación extendida por la Junta Nacional de Escrutinio del Estado de Panamá, que acredita al total de diputados electos como Diputados y su calidad de titulares y suplentes. Corroboró la calidad de los diputados electos y emitió el Dictamen favorable respectivo. e) En la Sesión de agosto de 2019, el Pleno, luego de recibir el informe respectivo, votó a favor del Dictamen de la Comisión Extraordinaria, condición para proceder a la juramentación de los Diputados Electos tanto titulares como suplentes.
En el caso de los Diputados Suplentes que no comparecieron al acto de juramentación, de acuerdo, a lo establecido en el Artículo 19 tercer párrafo del Reglamento Interno corresponde que las Bancadas Nacionales procedan a efectuar la juramentación correspondiente.
La Subsede del Parlamento Centroamericano en Panamá, recibió el 3 de julio de 2020 la Carta de Solicitud para la juramentación de los mencionados Diputados Suplentes, la cual no la remitieron inmediatamente y decidieron remitir hasta el 10 de julio de 2020 a la sede del Parlacen.
La solicitud fue conocida en sesión de Junta Directiva del 20 de julio de 2020 y, resuelta mediante el punto de acta 6.12, en la que se hace constar que de conformidad con el Artículo 19 tercer párrafo del Reglamento que se transcribe a continuación: “Como casos de excepción a la presente disposición, la juramentación de las Diputadas y Diputados Suplentes, pueden ser realizadas por los integrantes de Junta Directiva del Estado respectivo, en Sesión de Bancada Nacional, debiendo elaborarse el Acta Administrativa correspondiente, la cual debe ser remitida de manera inmediata a la Presidenta o Presidente del PARLACEN”. Se reenviaron las solicitudes mencionados a la Sub sede en la República de Panamá, para que resolvieran lo procedente.
Con fecha 27 de julio de 2020, se recibió en la sede del Parlamento en Guatemala la carta en la cual, los Directivos por el Estado de Panamá, manifiestan, que este asunto amerita de la fina caracterización de sus actuaciones, y que éstas estén revestidas de plena legalidad. Basados en ese principio, informan que, como Directivos no procederán con la Juramentación de los Diputados nombrados, por las particularidades especiales que tiene el caso, porque los interesados están “retenidos” en el país sede y realizar este acto amerita de una efectiva información del “status” y condición concreta de los Diputados Suplentes.
Es lo mejor que han hecho los diputados Panameños, que los hermanos arreglen su problema y después a juramentarlos