Cámara marítima pide ampliar consulta en proyectos sobre régimen laboral de los puertos

Cámara marítima pide ampliar consulta en proyectos sobre régimen laboral de los puertos
Puertos de Panamá son un pilar fundamental de empleomanía en el país. Foto/Archivo.

El gremio consideró que las iniciativas atentan contra la estabilidad jurídica de las inversiones en materia marítimo/logística.

La Cámara Marítima de Panamá (CMP), solicitó a la Asamblea Nacional (AN), ampliar las consultas referentes a dos proyectos de Ley que modifican el actual régimen laboral en el sistema portuario panameño.

Se trata del proyecto 94 que modifica la Ley 56 de 2008 (General de puertos de Panamá) y el anteproyecto de Ley 58 que adiciona el capítulo XI al Código de Trabajo de la República de Panamá, denominado trabajadores no profesionales del sector portuario, y dicta otras disposiciones.

En un comunicado, la CMP, gremio que reúne a más de 200 empresas del sector marítimo y portuario, sostuvo que “ambas iniciativas legislativas, por la sensibilidad de los temas que involucran, deben ser ampliamente consultadas y estudiadas por todos los actores que convergen en el sector marítimo y logístico nacional”.

Aunque el gremio afirmó que no duda que estas iniciativas provienen de una aspiración noble y legítima, consideró que “de la manera en que han sido presentadas para discusión, atentan contra la estabilidad jurídica de las inversiones en materia marítimo/logística, debilita la posición logística del país y pone en riesgo a un centenar de puestos de trabajo”.

Destacó que “las propuestas presentadas incitan a desconocer preceptos legales establecidos en el Código de Trabajo respecto al salario mínimo y de la Comisión de Salario Mínimo y sus funciones.

Además, acotó que desvirtúa los esquemas de relacionamiento de terceros subcontratistas respecto a la relación obrero patronal. Por otro lado, aseveró el gremio, se desmerita a los trabajadores formales calificados y aquel personal técnico certificado y los esfuerzos y recursos invertidos por estos panameños en su afán de superación personal.

“Consideramos que los proyecto de Ley presentados, van en dirección contraria a las propuestas de reactivación económica presentadas al Ejecutivo y al país, deteriorando la oportunidad de superar el estado de crisis actual y sostener la empleomanía de más de 15 mil puestos de trabajos directos y más de 100 mil puestos indirectos, donde en conjunto este sector aporta un 30% del PIB de Panamá”, apuntó el gremio que preside Nicolas Vukelja Duque.

Propuestas legislativas

Tanto el proyecto de Ley 94 como el anteproyecto de Ley 58 fueron presentados por el diputado colonense y miembro del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD), Jairo Salazar.

En un contexto general, el proyecto de Ley 94 propone modificar la ley 56 de 2008 y fijar el salario mínimo a los trabajadores portuarios en 5.25 dólares la hora.

El anteproyecto establece que se aplicaría en puertos cuya administración y operación ha sido concesionada por el Estado por un periodo determinado, y se deberá considerar un aumento cada tres años.

Actualmente, los trabajadores portuarios devengan un salario mínimo de 3.27 por hora lo que representa 680.16 dólares mensuales.

De ser aprobada la propuesta los trabajadores portuarios pasarían a devengar un salario mínimo de 1,091.16 mensuales. Es decir su salario aumentaría 411.00 mensuales lo que representa un incremento de 60.5%.

Mientras que el anteproyecto de Ley 58, según el diputado Salazar, tiene como objetivo proveer a trabajadores empíricos, una normativa que proteja sus derechos ante el empleador, buscando garantizarles una estabilidad laboral que actualmente no poseen.

“Este derecho es esencial para todo trabajador ya que les garantiza permanecer en sus puestos de trabajo, ayudándolos a crecer personal y profesionalmente, impacta de forma positiva a las familias contribuyendo a cubrir las necesidades básicas, mejorando notablemente la calidad de vida”, sostuvo el parlamentario.

Agregó que al establecer esta categoría de trabajadores en el Código de Trabajo, “logramos otorgar y mantener el derecho humano al trabajo, con las normas generales plasmadas en el anteproyecto y las normas generales del Código de Trabajo”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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