Amnistía Tributaria se extiende hasta 31 de julio de 2021

Amnistía Tributaria se extiende hasta 31 de julio de 2021
Foto, MEF. El director general de Ingresos (DGI), Publio De Gracia,  presentó la propuesta de la Amnistía Tributaria. El Consejo de Gabinete, autorizó al titular de Economía y Finanzas, Héctor Alexander,  a presentar, ante la Asamblea Nacional, el correspondiente proyecto de ley.

La sesión del Consejo de Gabinete aprobó medidas tributarias para aliviar pago de impuestos y aprueba Fondo de Estabilización Tarifaria a clientes que consumen por debajo de 300 kwh, el aporte estatal será de B/.40.5 millones.

La extensión de la amnistía tributaria al 31 de julio de 2021 para el pago de los impuestos morosos al 31 de diciembre de 2020, con la condonación del 85% de intereses, recargos y multas; así como  los aportes al Fondo de Estabilización Tarifaria, que conlleva beneficios al 71% de los clientes de energía eléctrica, cuyo consumo es hasta 300 kWh por mes, aprobó el Consejo de Gabinete en su sesión de este martes.

El director general de Ingresos (DGI), Publio De Gracia,  al sustentar la propuesta de la Amnistía Tributaria, señaló  que, producto de la pandemia que vive el país, “se ha hecho imposible que todos los contribuyentes se puedan acoger y aprovechar los beneficios de la Ley de Amnistía y Pronto Pago recientemente vencida”.

Dijo  que el objetivo de este proyecto de ley es extender los beneficios de la amnistía, previamente concedida, para que los contribuyentes cuenten con más tiempo para cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, lo cual, señaló, beneficiará al universo entero de contribuyentes de la república de Panamá, y que la medida, también busca aumentar la recaudación de tributos.

En ese sentido, el Consejo de Gabinete, autorizó al titular de Economía y Finanzas, Héctor Alexander,  a presentar, ante la Asamblea Nacional, el proyecto de ley que extiende la amnistía tributaria, así como nuevas medidas de alivio tributario con miras a la reactivación de la economía nacional.

En cuanto a la Amnistía Tributaria, se incluyen además: permitir  la celebración de arreglos de pagos hasta el 31 de julio de 2021, abonando el 25% del impuesto nominal adeudado al 31 de diciembre de 2020, y permitiendo su cancelación al 31 de diciembre de 2021.

De igual forma, los arreglos de pago que hayan sido celebrados bajo las leyes de amnistía anteriores, pueden ser cancelados al 31 de diciembre de 2021. Y los arreglos de pago realizados bajo la Ley de Pronto Pago, que debían ser cancelados al 30 de abril de 2021, se les extiende automáticamente el plazo hasta el 31 de diciembre de 2021 para que se realicen los pagos pendientes.

Se concede un descuento de 5% en el monto a pagar en Impuesto sobre la Renta e Impuesto Estimado, a aquellos contribuyentes que tengan una renta bruta menor a 2.5 millones de balboas con respecto a su declaración jurada del 2020, y paguen dentro de los 4 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.

Se incluye, también, la extensión del plazo hasta el 31 de julio para presentar ciertos informes y declaraciones omisas que debieron presentarse al 31 de diciembre de 2020, condonando el 50% de la multa que genera esta presentación tardía, siempre que se pague el 50% restante antes del 31 de diciembre de 2021.

De igual forma, todos aquellos contribuyentes que tengan ciertas multas establecidas en el sistema e-tax2.0, pueden cancelar el 50% de dicha multa al 31 de diciembre de 2021 y se le condona el otro 50%.

Como parte de las medidas de alivio tributario, y en atención a propuesta  de  la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Pananmá, se restituye la figura de la capitalización de las ganancias retenidas en un período fiscal, con miras a que las empresas tengan mayor liquidez y capital de trabajo.

Se aclara en la Ley 3 de 1985, que regula el régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios, que el beneficio se otorga al inmueble hipotecario por el tiempo que dure el préstamo y, por tanto, no afecta si hay un cambio de propietario.

Se facilita el pago del Impuesto Sobre la Renta para aquellos contribuyentes que no tengan como giro ordinario la compraventa de bienes inmuebles. Y se extiende el beneficio por pronto pago de 10% en el impuesto de inmueble hasta el 30 de abril.

Fondo de Estabilización Tarifaria

El Consejo de Gabinete también dio aprobación a los aportes del Estado del segundo semestre de 2020, al Fondo de Estabilización Tarifaria (FET), para beneficiar a los clientes, cuyo consumo de energía eléctrica es de hasta 300 kWh por mes. El aporte va dirigido a 845,442 clientes de las empresas distribuidoras de energía eléctrica (EDEMET, EDECHI y ENSA), que constituyen, aproximadamente, el 71% de sus clientes.

De igual manera, se dio visto bueno  al aporte del Estado al Fondo Tarifario de Occidente (FTO), beneficiando a 167,923 clientes finales de la empresa EDECHI (provincias Bocas del Toro, Chiriquí y la Comarca Ngäbe Buglé, lo que representa el 99% de sus clientes.

Ambos aportes del Estado suman 40.5 millones de balboas provenientes del Tesoro Nacional, cuyo consumo de energía eléctrica es de hasta 300 kWh por mes.

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