Aprobado reglamento de concurso para escoger a nueva autoridad de Senniaf

Aprobado reglamento de concurso para escoger a nueva autoridad de Senniaf
Además de otros 6 requisitos, uno de estos indica: “Hoja de vida con una explicación de las razones por las cuales tiene interés de ser director o directora de la Senniaf”. Foto, Senniaf.

La convocatoria pública para escoger director o directora de la Senniaf será del lunes 8 al viernes 12 de marzo de 2020, en horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

La Junta Directiva de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF),   mediante la Resolución de 5 de marzo de 2021,  aprobó el Reglamento del Concurso para escoger al director o directora general de dicha entidad.

La medida acoge iniciativa del presidente de la república, Laurentino Cortizo Cohen, en el sentido de esperar una lista de cinco personas que reúnan las calificaciones y satisfagan los requisitos para proceder a la designación respectiva.

La resolución señala que, “de acuerdo con la Ley 14 de 23 de enero de 2009 que crea la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, el director o la directora general de la Secretaría será nombrado por el Órgano Ejecutivo y ratificado por la Asamblea Nacional, para un periodo de cinco años”, prerrogativa que corresponde al Jefe de Estado”.

El presidente Cortizo señaló que, “como lo he hecho en oportunidades anteriores, con el ánimo de promover la más amplia transparencia y asegurar la mayor participación ciudadana posible, y tratándose de un tema tan sensible como los derechos de las niñas, niños y adolescentes del país, he solicitado a la Junta Directiva de la Senniaf convocar a un concurso para seleccionar, entre las cinco personas mejor evaluadas, al nuevo director o directora de la institución”.

La convocatoria, hecha a través de medios impresos de circulación nacional, tendrá lugar del lunes 8 al viernes 12 de marzo de 2020, en horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., periodo durante el cual los aspirantes a integrar la lista de cinco preseleccionados deberán presentar, entre otros documentos:

  1. Certificado de nacimiento expedido por la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral.
  2. Copia de la cédula de identidad personal, autenticada por el Tribunal Electoral
  3. Certificación del Tribunal Electoral de hallarse en pleno uso de sus derechos civiles y políticos.
  4. Títulos universitarios en Ciencias Sociales, de la Salud, de la Educación, en Derecho o carreras afines y, preferiblemente, estudios superiores de especialidad en derechos humanos de la niñez y la adolescencia, en originales y copias para cotejo o debidamente autenticados por notario público.
  5. Certificación de entidades gubernamentales, no gubernamentales de reconocido prestigio u organizaciones internacionales, en la que conste la experiencia no menor de cinco años en materia de derechos humanos de niñez y adolescencia, a nivel público o privado, así como en actividades relacionadas con las materias objeto de la Ley 14 de 2009.
  6. Historial de antecedentes penales y policiales vigente.
  7. Hoja de vida con una explicación de las razones por las cuales tiene interés de ser director o directora de la Senniaf.

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