La propuesta dispone que cuando la enseñanza es virtual, los centros educativos y universidades particulares que tengan una matrícula superior a mil 100 estudiantes, deberán aplicar un ajuste del 30%.
Este 11 de marzo, el Pleno de la Asamblea Nacional apruebó en tercer debate el Proyecto de Ley No. 508, que establece medidas en materia de educación en los Centros Educativos y se modifican algunos artículos de la Ley 47 de 1946 “Orgánica de Educación” y se dictan otras disposiciones.
El diputado Leandro Ávila indicó que en la Comisión de Educación se presentaba una agenda con varias propuestas similares o con igual norte de superar escollos en el ámbito de costos, cobertura, derecho a mantenerse en el sistema, lo que determinó recoger lo más importante de cada una de ellas.
Ningún diputado hizo uso de la palabra para referirse a la conveniencia o inconveniencia del proyecto, presentado por el diputado perredista Leandro Ávila. Solo el diputado independiente, Edison Broce, pidió que quedara en acta su voto en contra.
La propuesta dispone que cuando la enseñanza es virtual, los centros educativos y universidades particulares que tengan una matrícula superior a mil 100 estudiantes, deberán aplicar un ajuste del 30%; y los que tengan de 500 a mil 99, deben ajustar el 25%.
Más temprano, la Asociación de Universidades Particulares de Panamá manifestó su rechazo al proyecto de ley No. 508, que regula los descuentos que deben otorgar los colegios y universidades particulares, de acuerdo con la modalidad de enseñanza.
El Pleno de la Asamblea Nacional aprueba en tercer debate el Proyecto de Ley No. 508, que establece medidas en materia de educación en los Centros Educativos y se modifican algunos artículos de la Ley 47 de 1946 “Orgánica de Educación” y se dictan otras disposiciones. pic.twitter.com/Q3RWkaFr7T
— Asamblea Nacional (@asambleapa) March 11, 2021