La ATTT concedió prórrogas específicas

La ATTT concedió prórrogas específicas
La ATTT ha concedido una nueva prórroga, hasta el 30 de abril del presente, para que aquellos conductores que no hayan podido renovar sus licencias y tampoco han recibido la nueva placa vehicular, puedan circular con sus automóviles y no sean sancionados. Foto, ATTT.

Las medidas estarán en vigencia hasta el 30 de abril del 2021, por lo que se alerta a los conductores a que se actualicen en sus compromisos y responsabilidades en la operación de sus vehículos.

Prórroga en licencias de conducir expiradas, suspensión provisional de la aplicación de la sanción por desacato y la infracción por placa vencida, concedió la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), en coordinación con la Dirección Nacional de Operaciones de Tránsito de la Policía Nacional (DNOTPN), hasta el 30 de abril de 2021.

Un comunicado emitido ayer por la ATTT, puntualizó en lo siguiente:

  1. “Que todas las licenciasde conducir con fecha de expiración en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020, enero, febrero, marzo y abril de 2021, se les concede prórroga en su vigencia hasta el 30 de abril de 2021.
  2. Continúa la suspensión provisional de la aplicación de la sanción por desacato, hasta el 30 de abril de 2021, con el fin de evitar inconvenientes que en estos momentos pueda acarrear la retención de la licencia o el vehículo.
  3. Se extiende un mes más la suspensión provisional de la aplicación de la infracción por circular con placa vencida, hasta el 30 de abril de 2021. Esta medida aplica para los vehiculos con placa de circulación, cuya fecha de vencimiento corresponde a los meses de diciembre de 2020, enero, febrero, marzo y abril de 2021”.

 

 

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