La prima de antigüedad de los servidores públicos durante años ha estado convertida en letra casi muerta.
El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley No. 524, por el cual se modifica un artículo de la Ley de 12 de mayo de 2017, que condiciona el reconocimiento del pago de la prima de antigüedad de los servidores públicos y la Constitución de los Órganos Superiores de Carrera Administrativa.
Al validar los fallos de la Corte Suprema de Justicia, más de 20 mil servidores públicos cesados tendrán el derecho a su reconocimiento del pago de la prima de antigüedad, que no percibían debido a un tecnicismo legal.
En el 2013, este reconocimiento a su liquidación fue legalizada; sin embargo, en el 2017, mediante una ley se condicionó a la formación de un Tribunal Administrativo, que aún no se ha formalizado.
El Proyecto Nº 524, modifica un artículo de la Ley 23 del 12 de mayo de 2017, que condiciona el reconocimiento del pago de la prima de antigüedad de los servidores públicos y la constitución de los órganos superiores de la Carrera Administrativa, cuyo proponente es el diputado Leandro Ávila.
El parlamentario expresó que vale la pena decir que la Corte Suprema de Justicia ya ha emitido alrededor de ocho fallos en donde señala que, independientemente de que la ley diga que se ha de nombrar a los magistrados de la Administración Pública y no se ha hecho, el trabajador tiene derecho a su liquidación.
“Este proyecto es que se le pague su prima de antigüedad y que al momento de retirarse puedan cobrarlo; en estos momentos hay 20 mil pensionados en espera de hacer efectivo este derecho”, afirmó.
mi esposo recientemente falleció este año laboraba en la Caja de Seguro Social por 36 años y cuando me acerque a preguntar por sus derechos laborales me indicaron que debía hacerlo mediante una carta dirigida a Planillas notariada. Ahora que leo las leyes en relación a este tema me pregunto si los funcionarios que ocupan estos cargos son conocedores de esta ley