A partir de julio se reemplazarán 11 artículos de plástico

A partir de julio se reemplazarán 11 artículos de plástico
La mayoría de la basura que llega a los océanos es de los plásticos. Foto, Mi Ambiente.

A partir de julio del 2022, no podrán venderse: empaques plásticos para huevos, revolvedores de plásticos desechables y platos plásticos desechables, y desde el 31 de diciembre del 2023, se incluyen en esta restricción de venta, los carrizos de plástico.

En proceso de consulta se encuentra la Ley 187 publicada en Gaceta Oficial el 2 de diciembre de 2020, que establece el marco normativo que rige sobre los plásticos de un solo uso en el territorio nacional, debido a que su aplicación, será un proceso gradual, en vista a que el reemplazo de los 11 artículos que se  incluyen, comenzará a partir del 1 de julio de 2021 y se extenderá hasta diciembre de 2023.

A partir de la fecha precitada, se aplicará la prohibición de uso general y la comercialización de hisopos para el oído con plástico, cobertores de plástico para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos cocktail de plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas.

Mientras que, a partir de julio del año 2022, no podrán venderse: empaques plásticos para huevos, revolvedores de plásticos desechables y platos plásticos desechables, y desde el 31 de diciembre del año 2023 se incluye en esta restricción de venta, los carrizos de plástico.

El director Nacional de Verificación del Desempeño Ambiental de MiAmbiente, Miguel Flores, dijo que, en su reemplazo, la ley establece para su fabricación el uso de materiales biodegradables de origen biológico y renovable como la madera, el bagazo de caña de azúcar, la fibra de abacá, la fibra de yute, la madera de bambú, el maíz, la yuca y el almidón de maíz.

Agregó que se podrán utilizar materiales comportables, refiriéndose a materias que pueden degradarse por acción microbiológica en corto tiempo y sin dejar residuos visibles ni tóxicos por procesos de compostaje industrial, así como los materiales producto de reciclaje o que puedan ser reutilizados.

Dora Soriano, encargada de proyectos de la dirección de Cultura de MiAmbiente, explicó se prepara una campaña de Educación Ambiental en medios de comunicación, sobre el uso de bolsas reutilizables en establecimientos comerciales.

Miguel Flores, señaló que en este momento el borrador de la reglamentación, elaborado por Asesoría Legal de la entidad se encuentra en proceso de consulta, y que entre las entidades que tienen que ver con su verificación y fiscalización, se encuentran: la Autoridad Nacional de Aduanas, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia y el Ministerio de Salud.

Luego de culminar las consultas institucionales, agregó Flores, el documento pasará por los mecanismos que permitan a los diversos sectores vinculados al tema participar y dar sus aportes.

Estas consultas permitirán un acercamiento de todas las instituciones involucradas con la ley en conjunto con las diferentes asociaciones empresariales y del sector industrial que han mostrado interés sobre la aplicación de la Ley.

Entre los puntos relevantes de esta Ley, destacó un comunicado de Mi Ambiente, están: el consumo responsable, la aplicación de buenas prácticas que puedan implementarse a nivel público y privado, así como los mecanismos de monitoreo con base a las competencias de las instituciones involucradas en la fiscalización de la Ley, además de la tipificación de las faltas y sus respectivas sanciones.

Los plásticos de un solo uso, son productos que están hechos total o parcialmente de plástico y que están concebidos, diseñados o puestos en el mercado para ser usados una sola vez. (fuente: artículo 4. Ley 187).

La principal afectación de estos artículos en el ambiente radica en que, una vez que los plásticos de un solo uso se disponen de manera inadecuada llegan a ecosistemas terrestres y acuáticos, además, durante su proceso de descomposición generan los denominados “microplásticos”.

Tomando en consideración los largos periodos de descomposición de estos artículos, serán fuentes de contaminantes latentes en el ambiente por extensos periodos de tiempo, por ejemplo: los carrizos, se estima que demoran 200 años en degradarse, a su vez ,los anillos plásticos para latas, se prevé que demoran 400 años en degradarse.

En Panamá, la Ley 187, responde a una problemática planteada por el programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) debido a que, entre el 60-80% de la basura marina es plástico, y que unos ocho millones de toneladas de plástico, termina en los océanos cada año.

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El plástico de un solo uso, se dispone de forma inadecuada. Foto, Mi Ambiente.

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