La SBP también penalizó al Banco Azteca (Panamá), con una multa de 5.100 dólares, y The Bank Of Nova Scotia, con 19.270,14 dólares, específicamente por incumplir al régimen bancario, basadas en inspecciones que datan de 2019, y por una denuncia administrativa, respectivamente.
La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), sancionó con 1,25 millones de dólares al Bank of China, por incumplimientos y violaciones al régimen bancario y de prevención de blanqueo de capitales, informó ayer lunes el ente regulador.
Las sanciones al Bank of China, que están listadas en la página de internet de la Superintendencia, son una por 1.000.000 dólares por violaciones al régimen bancario, y otra por 250.000 dólares en razón de incumplimiento al régimen de prevención de blanqueo de capitales.
Las penas impuestas al Bank of China, que opera en Panamá desde el 18 de julio de 1984 y tiene un capital de 31.060.000,00 dólares, se sustentan en procesos de seguimiento iniciados por la SBP en 2016, según la información oficial.
La Superintendencia también penalizó al Banco Azteca (Panamá), con una multa de 5.100 dólares, y The Bank Of Nova Scotia, con 19.270,14 dólares, específicamente por incumplir al régimen bancario, basadas, en el caso del primero, en inspecciones que datan de 2019, y en el segundo a raíz de una denuncia administrativa.
El Banco Azteca comenzó sus operaciones en Panamá el 3 de enero de 2005, y el monto de su capital es de 11.589.061 dólares, en tanto que el Bank Of Nova Scotia opera desde el 4 de octubre de 2010 y su capital es de 34.239,000 dólares, de acuerdo con datos institucionales.
La Superintendencia bancaria dijo que las multas guardan relación con vulneraciones a normas sobre la materia, dentro del marco legal del régimen bancario y del régimen de prevención de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.
Las sanciones listadas corresponden a procesos ya concluidos (en 2021) y cuyas decisiones se encuentran ya ejecutoriadas.
En ese sentido, el regulador señala que “conviene aclarar que la sanción que se impone a un banco se hace con fines correctivos y la publicación se hace con carácter disuasivo”.
“Por esta razón, la publicación de la sanción impuesta a un banco, por la comisión de alguna falta administrativa, no representa una opinión adversa sobre dicho banco”, remarcó la SBP.