CCIAP propuso la revisión de la Ley 122 sobre incentivos para el fomento de la actividad turística

CCIAP propuso la revisión de la Ley 122 sobre incentivos para el fomento de la actividad turística
Jose Ramón Icaza Clément, presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Panamá. Foto/Cortesía.

El gremio recomendó revisar su alcance con el fin de orientarla puntualmente a las ocho áreas de interés definida dentro del Plan Maestro de Turismo Sostenible 2020–2025.

Este domingo 15 de agosto de 2021, en su tradicional artículo “La Cámara Opina”, la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) consideró que el turismo es trascendental en el desarrollo sostenible del país y clave para reactivar la economía en el contexto actual.

Según el gremio empresarial, consecuentemente, “como gremio apoyamos y promovemos las iniciativas encaminadas a estimularlo y a asegurar su competitividad frente a otros destinos, pero sin dejar por ello de reconocer  que  los intereses del país, como un todo, deben primar sobre los intereses particulares e incluso  sectoriales”.

En ese contexto, afirmó que luego de un profundo proceso de análisis, hemos concluido que la Ley 122 de 2019 sobre incentivos para el fomento de la actividad turística requiere de una revisión concienzuda por parte del Órgano Ejecutivo.

Para empezar, recomendó revisar su alcance con el fin de orientarla puntualmente a las ocho áreas de interés definida dentro del Plan Maestro de Turismo Sostenible 2020–2025. Además, diferenciar entre producto turístico y desarrollo hotelero, y aquellos proyectos inmobiliarios o residenciales que, más que ayudar al turismo, podrían plantear una competencia desleal al sector.

También los requisitos y obligaciones, así como los términos de fiscalización y sanciones, deben plantearse de forma clara. Si los créditos fiscales se van a otorgar al inicio de la obra, es vital que el desarrollador presente fianzas de cumplimiento, además de estudios de factibilidad y viabilidad, certificaciones o auditorías por profesionales idóneos.

En términos de impacto, la Ley 122 debe contemplar la presentación de estudios fiscales que midan el impacto de los proyectos que aplican al beneficio, en tanto el  Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) debe establecer topes de acuerdo con su capacidad para absorber el sacrificio fiscal correspondiente. De igual forma, se deben establecer mecanismos para medir el impacto social en materia de generación de empleos directos e indirectos, efecto multiplicador de la inversión y beneficio en las comunidades.  Finalmente, por tratarse de fondos públicos, toda la información y elementos que se sometan a consideración para la aplicación del crédito fiscal deben ser de carácter público.

El gremio respaldó las iniciativas que contribuyan al desarrollo del sector turismo, pero sin dejar de lado los análisis y procesos que garanticen que dichas propuestas están alineadas con los mejores intereses, no solo del sector, sino del Estado. Porque el Estado somos todos.

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