Mañana 30 vencerá plazo para pago de ISR de la segunda estimada

Mañana 30 vencerá plazo para pago de ISR de la segunda estimada
La Dirección General de Ingresos recordó a los contribuyentes el vencimiento de la segunda partida estimada. Foto, archivo.

El impuesto se pagará al contado o en tres partidas: 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. El saldo se consultará en la cuenta corriente del contribuyente, a través del vínculo: dgi.mef.gob.pa o de la plataforma e-Tax 2.0

Este jueves 30 de septiembre del año que discurre,  vencerá el plazo para el pago de la segunda partida estimada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para las personas naturales y jurídicas, de acuerdo con el calendario tributario.

La Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), recordó que el pago del impuesto estimado, es un crédito al impuesto jurado que vence el último día de marzo del año siguiente al periodo declarado.

“La estimada no deberá ser inferior a la renta indicada en la declaración jurada”, explicó la entidad mediante un comunicado.

El impuesto se pagará al contado o en tres partidas que vencen el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 31 de diciembre. El saldo puede ser consultado en la cuenta corriente del contribuyente, a través del vínculo: dgi.mef.gob.pa o de la plataforma e-Tax 2.0

“Exhortamos a los contribuyentes para que cumplan de forma puntual y voluntaria con las responsabilidades fiscales, como lo dictan los artículos 710 y 727 del código Fiscal, para evitar recargos, intereses y consultar el calendario tributario de 2021, para programaciones mensuales”, señaló la subdirectora  de la DGI, Maritza Ureña.

 

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