Armadores panameños ponderan regulación del cabotaje en Panamá

Armadores panameños ponderan regulación del cabotaje en Panamá
Actividad de cabotaje en Panamá. Foto ilustrativa/Archivo

Según la organización, Panamá logra posicionarse al mismo nivel de los países de la región que cuentan con un marco regulatorio que ordena y regula su industria marítima auxiliar nacional. 

El proyecto de ley 598 que regula el cabotaje y las actividades de comercio interior en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá, fue aprobado en tercer debate en pleno de la Asamblea Nacional. 

Ante esta aprobación, el director ejecutivo de la Asociación de Armadores Panameños, José Digerónimo manifestó que Panamá tenía una mora en esta materia y esta ley de cabotaje le permitirá al Estado tener control sobre sus aguas nacionales y que se pueda desarrollar este sector tal y como lo han hecho Estados Unidos y países de Europa y Asia.

“Esta normativa reglamentará esta actividad para que sea desarrollada por los nacionales de este país, para que siga creciendo la industria en Panamá y se pueda sacar el máximo provecho a nuestra posición geográfica”, apuntó.

El documento fue aprobado con 42 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones. En el pleno del legislativo, los diputados resaltaron la importancia y necesidad que tiene Panamá de contar con una ley que le permita consolidarse como un hub marítimo internacional, generar mayores ingresos y plazas de trabajo y acabar con la competencia desleal que vienen impulsando algunas empresas extranjeras en contra de los nacionales.

Según recoge el documento, esta ley promueve la seguridad y estabilidad de la mano de obra panameña, estableciendo que la tripulación de naves que presten servicios marítimos auxiliares deberá estar integrada por al menos 90% de nacionales panameños y que las naves que brinden servicios marítimos auxiliares en las aguas jurisdiccionales de Panamá deberán estar registrados bajo bandera panameña, esto promoverá la inversión local de empresas que quieren establecerse de manera seria y responsable y promoverá la creación de plazas de trabajo.

Esta normativa también establece que “la persona jurídica que solicite una Licencia de Operación para prestar servicios marítimos auxiliares a través de embarcaciones que naveguen en aguas jurisdiccionales de la República de Panamá deberá acreditar que al menos el 75% de sus accionistas o miembros, según fuera el caso, son nacionales panameños y que el resto de sus accionistas o miembros, según fuera el caso, son nacionales de países cuyos gobiernos no tienen medidas discriminatorias contra nacionales panameños o empresas con capital panameño”.

Actualmente, en países como Holanda, Estados Unidos y otros, el cabotaje es una actividad reservada 100% para los nacionales, entre otras restricciones.

De acuerdo con Seafarers Rights International (SRI), el 80% de los Estados Marítimos registrados en la Organización de las Naciones Unidas (ONU), poseen regulaciones en materia cabotaje, lo que les permite tener el control de sus recursos, aprovechar su valor estratégico, proteger los intereses de sus nacionales y el desarrollar de manera eficiente su industria a nivel local y regional. 

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