Anuncio SIECA: 1 de enero de 2022 entrará en vigencia Resolución No. 450- 2021 (COMIECO EX)

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Se recomienda al usuario tomar en cuenta las 351 modificaciones provocadas por la VII enmienda que incluye los sectores de: alimentos, textil y confección, químicos, tecnología, impresoras 3D, drones y vehículos híbridos, entre otros. Foto, Henry G. Kinkead M.

La actualización del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) conforme a la nomenclatura internacional que entrará en vigencia el 1 de enero de 2022, responde a avances tecnológicos, razones estadísticas y otros requerimientos del comercio internacional.

SIECA informó que, a partir del 1 de enero de 2022 entrará en vigencia la Resolución No. 450- 2021 (COMIECO EX) de fecha 22 de julio de 2021, emitida por el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) que aprueba las modificaciones de la VII Enmienda  del  Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías emitida por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC 2022), en la forma en que se consigna en el Anexo 1 de la citada Resolución, el cual constituye el Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

El Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) contiene las modificaciones, atendiendo  las revisiones del Sistema Armonizado (SA), por parte de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

La actualización del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) conforme a la nomenclatura internacional que entrará en vigencia el 1 de enero de 2022, responde a avances tecnológicos, razones estadísticas y otros requerimientos del comercio internacional. Este es un trabajo periódico que se genera cada cinco años y que resalta por su importancia para el comercio, tanto intrarregional como con terceros socios comerciales.

La adecuación de la VII Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), son una herramienta que contribuye a la correcta clasificación de mercancías en las operaciones de comercio exterior, para atender las nuevas tendencias del comercio internacional.

La VII enmienda en el SAC cuenta con 351 modificaciones en la nomenclatura, incluyendo notas de Sección, notas de Capítulo, supresión y nuevos códigos arancelarios, y descripción de los productos. La adecuación no implica cambios en los Derechos Arancelarios de Importación (DAI).

Se recomienda al usuario tomar en cuenta las 351 modificaciones provocadas por la VII enmienda que incluye los sectores de: alimentos, textil y confección, químicos, tecnología, impresoras 3D, drones y vehículos híbridos, entre otros.

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