El Movimiento de Abogados Gremialistas, que preside el Dr. Gilberto Boutin, presentó esta mañana la mencionada demanda. El documento fue recibido por la secretaria general de la Corte Suprema de Justicia, Yanixsa Yuen.
Tal y como lo había anunciado, el Movimiento de Abogados Gremialistas (MAG), presidido por el Dr. Alberto Boutin, presentó, hoy a las 11:00 a.m., una demanda de inconstitucionalidad, “en contra de la Ley 254 que impone cargas exorbitantes a los abogados del país, que criminaliza la profesión de abogados y que convierte a los Sujetos No financieros en policías, fiscalizadores e informantes de las actividades de los clientes”.
De acuerdo con el presidente del MAG, Dr. Gilberto Boutin, la norma presentada en la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pretende, “supuestamente, salvar al Sistema Bancario, salir de las listas de colores y acabar con el financiamiento del terrorismo y las armas de destrucción masivas”.
Asimismo, el dirigente de los abogados recalcó al resto de los ciudadanos que, “las multas confiscatorias, la ausencia de real justificación y las exorbitantes cargas aplican no solo a los abogados, sino a comerciantes, profesionales y a todo aquel que realice una operación comercial”.
En su contenido, la demanda presentada hoy 5 de enero de 2022, a fin de que se declare inconstitucional por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, puntualiza los siguientes preceptos legales: “el artículo 26 de la Ley No.23 de 2015, subrogado por el artículo 07 la Ley No. 254 del 11 de noviembre de 2021; el artículo 26-A de la Ley No. 23 de 2015, adicionado por el artículo 8 de la Ley No. 254 del 11 de noviembre del 2021; el artículo 26-B de la Ley No. 23 de 2015, adicionado por el artículo 9 de la Ley No. 254 del 11 de noviembre del 2021; el artículo 38 de la Ley No. 23 de 2015, reformado por el artículo 10 de la Ley No. 254 del 11 de noviembre del 2021; el artículo 1, parágrafo transitorio, de la Ley No. 52 de 2016, reformado por el artículo 17 de la Ley No. 254 del 11 de noviembre del 2021; el artículo 3, parágrafo transitorio, de la Ley No. 52 de 2016, reformado por el artículo 19 de la Ley No. 254 del 11 de noviembre del 2021; el artículo 40, numeral 11 de la Ley No. 124 de 2020, reformado por el artículo 26 de la Ley No. 254 del 11 de noviembre del 2021; y el artículo 43 de la Ley No. 124 de 2020, reformado por el artículo 28 de la Ley No. 254 del 11 de noviembre del 2021”.
La representación del MAG fue atendida por la secretaria general de la Corte Suprema de Justicia, Yanixsa Y. Yuen C.