Acodeco recomienda comparar precio, garantía, consumo de combustible por kilometraje y seriedad de la empresa distribuidora de autos, antes de comprar el vehículo.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), de enero a abril del presente año, registra 51 quejas formales, presentadas por parte de los consumidores, en contra de 20 empresas distribuidoras de vehículos de motores nuevos por distintas anomalías.
La mayoría de los casos tramitados fueron por incumplimiento de garantía (31 casos); falta de información comercial (9); custodia del bien (4); venta engañosa (3); vicio oculto (2); y con un reclamo cada uno, devolución de dinero y el incumplimiento de contrato. El monto total de los reclamos asciende a B/. 894,314.41.
En este cuatrimestre se resolvieron a favor de los consumidores afectados, 35 quejas por B/.582,790.66. De estas, 25 fueron por incumplimiento de garantía por un cuantía total de B/. 489,374.88.
Entre las agencias de venta de automóviles nuevos, con mayor número de quejas según el Tablero de Quejas de la Acodeco, se encuentran Grupo Sílaba S.A., Petroautos S.A., Ricardo Pérez S.A. y Compañía Chiricana de Automóviles, S.A.
Durante estos 4 meses del presente año, en relación a los reclamos contra empresas que venden autos de segunda, se recibieron 46 por un monto total de B/.313,000.05. El incumplimiento de garantía fue el principal motivo de estas quejas, con 35 casos por B/. 244,955.05.
La Ley 45 de 31 de octubre de 2007, en su artículo 47, establece que “los proveedores de vehículos de motores nuevos están obligados a extender una garantía mínima de un año o treinta mil kilómetros, lo que ocurra primero.
Cuando la garantía del fabricante sea más favorable al consumidor que los términos mínimos establecidos en este artículo, será de obligatorio cumplimiento para el proveedor ofrecer la garantía del fabricante. Esta garantía debe ser entregada por escrito.
En el caso de los vehículos de motor usados la garantía mínima será de seis meses o quince mil kilómetros, lo que ocurra primero.
Algunas agencias ofrecen un periodo mayor de garantía, por lo que es una obligación cumplir esta oferta.
Además, sobre el tema de la garantía del servicio de reparación, la normativa establece que: “Si dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que concluyó el servicio se evidenciaren deficiencias o defectos en el trabajo realizado, el prestador del servicio estará obligado dentro de un plazo no mayor de 15 días a corregir todas las deficiencias o defectos, o a reformar o reemplazar los materiales y productos utilizados sin costo adicional de ningún tipo para el consumidor…”, de acuerdo al artículo 29, sobre garantía en servicios de reparación, del Decreto Ejecutivo 46 de 23 de junio de 2009; en este sentido, la garantía en los servicios de reparación es de 30 días y si en esos días se produce alguna situación, relacionada a los trabajos realizados, el proveedor solo contará con 15 días para corregir la falla.
Antes de adquirir un vehículo nuevo, la Acodeco le recomienda comparar precio, garantía, y seriedad de la empresa; investigar sobre el consumo de diésel o gasolina por kilometraje de algunas marcas de vehículos, como piezas y accesorios, que sean accesible en calidad y precio; comprobar que los documentos de propiedad del vehículo estén en orden; leer y analizar el contrato de compra del vehículo, ya sea al contado o con financiamiento, ya que pueden aparecer algunas cláusulas que limiten los derechos del consumidor, como elegir libremente la compañía de seguro.
Es importante verificar con el distribuidor, el respaldo que tiene la marca, si el modelo que adquirió mantiene repuestos en inventario y si ofrecen servicio de mantenimiento y postventa.