Decreto de Gabinete #18 modificó Arancel Nacional de Importación

Decreto de Gabinete #18 modificó Arancel Nacional de Importación
A través del Decreto de Gabinete #18, se determinó la modificación de algunas fracciones del Arancel Nacional de Importación”, entre estas las hojuelas de maíz. Foto, En Segundos.

En su artículo 2, el Decreto de Gabinete #18 destacó que “esta medida no alcanza a modificar el porcentaje correspondiente al impuesto sobre la transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios (ITBMS)”.

Una nueva medida puso en marcha el Gobierno nacional por intermedio de la emisión del Decreto de Gabinete #18, de 25 de julio de 2022, el que “Que modifica el Arancel Nacional de Importación”.

En el considerando de este documento, el Consejo de Gabinete resaltó: “Que el Gobierno Nacional, consciente de su obligación de promover y desarrollar políticas tendientes a lograr las mejores condiciones del costo de vida de la población; consideró “que para tal fin se requieren medidas, a fin de garantizar el abastecimiento y acceso a la población a ciertos productos básicos de primera necesidad”.

Por ello y “como parte de las medidas aduaneras que debe adoptar el Gobierno Nacional para aliviar el impacto económico negativo, producto de elementos externos se hace necesaria la rebaja arancelaria de algunos productos básicos de consumo”.

En su contenido, el decreto explicó, “que de conformidad con el numeral 7 del artículo 200 de la Constitución Política de la República, son funciones del Consejo de Gabinete fijar y modificar los aranceles, tasas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas, con sujeción a las leyes a que se refiere el numeral 11 del artículo 159 del texto constitucional”.

Sobre esa base, decretó: “La modificación de algunas fracciones del Arancel Nacional de Importación”, entre estas, “hojuelas, conos, copos y análogos de maíz tratados por inflado o tostado; papel higiénico, compresas (almohadillas sanitarias o toallas sanitarias) y tampones higiénicos de cualquier material”.

También, en su artículo 2 destacó que “esta medida no alcanza a modificar el porcentaje correspondiente al impuesto sobre la transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios (ITBMS)”.

Asimismo, se anotó que “el presente Decreto de Gabinete comenzará a regir a partir de su promulgación y tendrá una vigencia de 6 meses prorrogables”.

Modifican arancel importación

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *