La JEP se abre a aceptar a los ex jefes paramilitares colombianos Mancuso y Jorge 40

La JEP se abre a aceptar a los ex jefes paramilitares colombianos Mancuso y Jorge 40
Combo de fotografías de archivo que muestran, a la izquierda, uno de los excomandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Rodrigo Tovar, alias "Jorge 40", y a la derecha, al exjefe paramilitar colombiano Salvatore Mancuso. EFE/ Edgar Domínguez/Rafa Salafranca

Ambos han solicitado en varias ocasiones someterse a la JEP, ya que este órgano de justicia contempla penas no privativas de libertad.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) va a dar una oportunidad de sometimiento para acogerse y ser admitidos por esta justicia transicional a dos de los grandes jefes paramilitares de Colombia, Salvatore Mancuso y Rodrigo Tovar, conocido como “Jorge 40”.

Ambos han solicitado en varias ocasiones someterse a la JEP, ya que este órgano de justicia contempla penas no privativas de libertad si los acusados dan suficiente verdad y reconocimiento de crímenes de guerra, pero en otras ocasiones habían sido rechazados.

Sin embargo, ahora se abre a que se puedan someter pero para ello los “dos ex jefes paramilitares deberán decir toda la verdad sobre el conflicto armado, incluidas las alianzas criminales que tejieron con altos mandos de las Fuerzas Militares y de Policía”.

EL CASO DE MANCUSO

En el primer caso, la JEP se refiere a Mancuso, quien lideró las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) hasta su desmovilización firmada en 2005, que desde hace 15 años se encuentra en prisión en EE.UU. tras ser extraditado por cargos de narcotráfico, y a la espera de volver a Colombia donde debe responder a 75.000 crímenes, pues la orden de retorno está parada por el coronavirus.

Para eludir esa responsabilidad, además de pedir ser devuelto a Italia de donde es nacional, Mancuso también ha pedido en varias ocasiones someterse a la JEP, aunque esta justicia lo inadmitió por su rol de paramilitar, pues su jurisdicción es la de juzgar a la guerrilla de las FARC y a agentes del Estado.

Con paramilitares, como es Mancuso, solo puede encargarse en casos concretos cuando ejercen de “civiles” que cometen crímenes relaciones con el conflicto.

Pero ahora sí ve que Mancuso podría incorporarse en tanto de su rol como colaboración o “punto de conexión entre los aparatos militar y paramilitar”, es decir, en su actuar como “bisagra” para la comisión por parte de agentes del Estado de violaciones de derechos humanos y crímenes de guerra.

“La Sección (de Apelación) considera que, en caso de demostrar fehacientemente la condición personal de sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública, Mancuso Gómez podría comparecer ante la JEP”, dijo en una rueda de prensa el presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes.

Por lo que le da una “última oportunidad de hacer aportes presentes, efectivos y suficientes a la verdad plena, en presencia de las víctimas y del Ministerio Público”. De ser así, y según lo declarado, se tomará la decisión definitiva de si la JEP acepta su sometimiento.

EL CASO DE “JORGE 40”

En lo que atañe a “Jorge 40”, que también fue comandante de las AUC y lideró sus acciones en la costa Caribe, el caso es algo similar. Este ex jefe paramilitar, al contrario que Mancuso, se encuentra en territorio colombiano, después de ser deportado tras cumplir una condena en EE.UU., adonde también fue extraditado en 2008.

Su caso también fue rechazado por su condición de paramilitar, aunque su rol estaba más difuso, ya que se tuvo en cuenta que “siendo un civil y empresario, supuestamente financió y colaboró con grupos paramilitares”. Por lo que, aunque no lo juzgará como paramilitar sí lo hará como “posible sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública”.

“Según lo estableció la Sección, cuando un comandante paramilitar pone al servicio de los miembros de la fuerza pública el grupo armado organizado sobre el que tiene pleno dominio para cometer conjuntamente crímenes del conflicto no le es aplicable la regla general de exclusión”, aseguró Cifuentes, leyendo un comunicado.

Por lo que para ver si con ese causal puede aceptarlo, la JEP convocará una “audiencia única de verdad plena” donde, frente a víctimas y el Ministerio Público, recibirá “todos los aportes efectivos y completos que Tovar Pupo está llamado a hacer”.

En especial, le interesa también conocer su papel de “bisagra” entre el Bloque Norte de las AUC y el Estado, y si “asumió máxima responsabilidad en la comisión de patrones macrocriminales conjuntos con la fuerza pública, como líder del grupo paramilitar”.

“Sólo si, en criterio de la Sala de Justicia, la audiencia resulta exitosa, la JEP procederá a contrastar la información suministrada por Tovar Pupo y, con base en ese ejercicio, adoptará la decisión definitiva sobre su sometimiento ante la justicia transicional”, puntualizó Cifuentes.

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