Viernes 30 de septiembre: Culminará registro de agencias publicitarias para campañas electorales

Viernes 30 de septiembre: Culminará registro de agencias publicitarias para campañas electorales
Las agencias publicitarias tendrán que aportar una serie de documentos. Además, este registro debe efectuarse, a más tardar, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expedición del decreto reglamentario de los comicios. Foto,Tribunal Electoral.

La medida se basa en el artículo 269 del Código Electoral, el cual señala que las agencias de publicidad que deseen proveer los servicios previstos en el Capítulo III (Campaña y Propaganda Electoral), deben estar registradas ante el Tribunal Electoral.

El periodo de registro, en la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político, para las agencias publicitarias que deseen pautar propaganda electoral para partidos políticos o candidatos, estados partidarios o por libre postulación en las campañas de la Elección General 2022, culminará mañana viernes 30 de septiembre de 2022.

La medida se basa en el artículo 269 del Código Electoral, el cual señala que las agencias de publicidad que deseen proveer los servicios previstos en el Capítulo III (Campaña y Propaganda Electoral), deben estar registradas ante el Tribunal Electoral, por lo cual tendrán que aportar una serie de documentos. Además, este registro debe efectuarse, a más tardar, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expedición del decreto reglamentario de los comicios.

La normativa también está contenida en el Decreto Reglamentario # 29 de 30 de mayo de 2022, en su artículo 209, “Registro de las agencias publicitarias”, y para obtener el formulario de registro los interesados pueden acceder a https://www.tribunal-electoral.gob.pa/eventos-electorales/inscripcion-de-agencias-de-publicidad/

 

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