No es mi intención meterme en este complejo mundo jurídico a discutir la existencia o no de la ley, su aplicación y funcionamiento, sino ver el tema desde la óptica estrictamente financiera.
Panamá sigue empantanado en el sistema de lista discriminatorias, de cualquier color, negras, grises y oscuras. Hoy día se apuesta a una nueva legislación para superar ese problema que se tiene.
Desde hace unos siete años, específicamente con la promulgación de la Ley 23 de 2015 Que adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, y dicta otras disposiciones, una introducción tan extensa como la misma ley y que debe ayudar a controlar y minimizar las operaciones que pueden constituir delitos, pero, ¿cuál es el resultado de la aplicación de esa ley? Ninguno.
Aun es más complejo el asunto, cuando dos años antes se promulgó la Ley 47 de 2013 Que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador. Con esta ley saldríamos de las listas discriminatorias. Nada más falso que eso. Nunca se salió de la lista.
No es mi intención meterme en este complejo mundo jurídico a discutir la existencia o no de la ley, su aplicación y funcionamiento, sino ver el tema desde la óptica estrictamente financiera. Los cambios a la plataforma financiera del pais están dejando de lado su principal atractivo y reventado la mejor estructura de negocios que haya. Hasta se han eliminado las acciones sin valor nominal y al portador. Nada de eso ha resuelto el problema, ni ha sacado al pais de las listas discriminatorias.
El tema es más estructural que coyuntural. Hay demasiadas leyes y no se aplican. No necesitamos más legislaciones que quieran complacer las exigencias de organismos internacionales, tanto multilaterales, de gobiernos o privados. Los costosos procedimientos implementados con cargos a la estructura de empresa privada y, sobre todo, en el año 2021, en nada contribuirán a controlar la discriminación contra el pais, pagando financieramente un elevado costo innecesario de operaciones y burocracia.
Si las mismas leyes ya aprobadas no se ponen en ejecución, entonces el problema está del lado oficial y quizás más allá del Ejecutivo. También le corresponde al Órgano Judicial su cuota de responsabilidad, igual que al Ministerio Público. Hoy día tenemos un Registro Público y Dirección General de Ingresos, prácticamente colapsados, por la implementación de esos nuevos controles.
Crear una nueva jurisdicción en el sistema de justicia correrá la misma suerte que ha pasado con las jurisdicciones de familia, aun incompletas de implementar, la de comercio y, qué decir de aquella novedosa legislación de manejo de reestructuración empresarial, con el único propósito de lograr establecer el salvamento de empresas en dificultades económicas, todas esas jurisdicciones aun sin implementar.
Pensar en que mientras la Jurisdicción de Extinción de Dominio, resuelva una causa, será necesario la cautelarían de esos bienes, propiedades, negocios a través de Medidas de Aseguramientos. Se tiene que disponer de Administradores Judiciales.
No quiero pensar en la suerte que correrán esos pobres seres humanos abandonados a los vaivenes de un conflicto de esa naturaleza sin que quienes los nombraron alli, respondan por ellos. El sistema tiene bastante ejemplos de estas situaciones, por lo que ya veremos empresas morir y al final del proceso son inocentes, pero ya no habrá nada que hacer y, ¿quién es el responsable?
Pero, mientras tanto, hay que cumplir con los tratados bilaterales de intercambio de información, tema del cual hay un rezago importante porque la información no se suministra a tiempo. Las exigencias de otros países son que sea Panamá la que les haga su trabajo como un mero cobrador de impuestos.
Convencido estoy que, la creación de estas disposiciones en nada contribuirá a sacar al país de las listas discriminatorias, si antes no revisamos concretamente cuáles son las causas del problema y se resuelven.