Mañana 31 de diciembre vencerá registro de tarifas de compra de propaganda electoral

Mañana 31 de diciembre vencerá registro de tarifas de compra de propaganda electoral
Cumplido el registro, se extenderá la constancia correspondiente y las tarifas se publicarán en la página web, tal como contempla el Decreto 29 de 2022 reglamentario de la elección general 2024. Imagen, Tribunal Electoral.

El Tribunal Electoral (TE) comunica que, para realizar el registro, las radioemisoras y televisoras deberán llenar el formulario que proveerá la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político y que está disponible en la página web, en formato electrónico.

Las radioemisoras y televisoras otorgarán a todos los candidatos y partidos políticos un beneficio único, igual y lineal del 20 % de descuento en las tarifas de compras regulares (vigentes para el año 2023), publicadas por cada medio a más tardar el 31 de diciembre de 2022, según se establece en el artículo 266 del Código Electoral.

El Tribunal Electoral (TE) comunica que, para realizar el registro, las radioemisoras y televisoras deberán llenar el formulario que proveerá la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político y que está disponible en la página web, en formato electrónico. Cumplido el registro en la dirección, se extenderá la constancia correspondiente y las tarifas se publicarán en la página web, tal como contempla el Decreto 29 de 2022 reglamentario de la elección general 2024.

El artículo 207 del Código Electoral, señala que el informe semanal sobre la propaganda vendida deberá ser remitido por el representante legal de la empresa o su apoderado; y para su facilidad, se le aceptará que remita el informe por correo suscrito con firma electrónica, respaldada con un certificado digital emitido por el Tribunal Electoral para el uso de dicha firma electrónica. Mientras se provea el certificado digital, el envío será en papel ante la sede regional del Tribunal Electoral más cercana al medio.

El informe para cada precandidato, candidato y partido político que contrató propaganda electoral, correspondiente al periodo del lunes a domingo de la semana anterior, debe detallar la información siguiente:

  1. El valor total de la propaganda electoral contratada en el periodo que cubre el informe, con referencia a las facturas que respaldan dicha contratación.
  2. El descuento otorgado sobre las tarifas regulares publicadas por el medio al 31 de diciembre anterior al de su aplicación (aplica solo a radioemisoras y televisoras).

La norma establece que cuando la venta de la propaganda se refiera a personas naturales o jurídicas que trabajan dentro de programas contratados a televisoras o radioemisoras y que venden directamente a sus anunciantes; así como a la prensa, medios digitales, cines y vallas, se presentará un único informe dentro de los cinco (5) días siguientes a la elección de que se trate.

Para los efectos de la comunicación, se comparten los vínculos para información y descarga del formulario correspondiente:

Página web (información de referencia):

https://www.tribunal-electoral.gob.pa/eventos-electorales/formularios-de-registro-de-tarifas-de-televisoras-y-radioemisoras/

Descarga directa al formulario:

https://www.tribunal-electoral.gob.pa/wp-content/uploads/2022/12/FORMULARIO-DE-REGISTRO-DE-TARIFAS-DE-RADIOEMISORAS-Y-TV.doc

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