Mitradel aclaró que no ha autorizado suspensión de contratos a trabajadores de Minera Panamá

Mitradel aclaró que no ha autorizado suspensión de contratos a trabajadores de Minera Panamá
Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Doris Zapata. Foto/Archivo.

La entidad reiteró que para suspender los efectos de los contratos de trabajo, se debe realizar el procedimiento establecido en el Código de Trabajo

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, comunicó a los trabajadores y trabajadoras de la empresa Minera Panamá, S.A., que recibió solicitud de suspensión de los efectos de los contratos de trabajo de aproximadamente 7,000 trabajadores de la empresa.

Sin embargo, aclaró que la recepción de esta solicitud no implica por sí misma, autorización alguna.

“De la declaratoria de inconstitucionalidad del contrato ley que otorga la concesión a Minera Panamá, S.A., mediante sentencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia de 28 de noviembre del presente año, se desprende la necesidad de atender la posible terminación de las relaciones de trabajo en la empresa; sin embargo,dicho proceso debe efectuarse con estricto apego a las normas laborales vigentes y a los términos legales que exige el procedimiento”, apuntó en un comunicado.

Reiteró que para suspender los efectos de los contratos de trabajo, se debe realizar el procedimiento establecido en el Código de Trabajo, lo que conlleva la intervención de todas las partes involucradas en el proceso.

“Esta institución siempre será garante del cumplimiento de las normas laborales y la protección de los derechos de los trabajadores, lo que reafirma nuestro compromiso con la paz y la justicia social”, agregó.

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