Abogados rechazan nuevo fiscal de la Dirección de Ingresos  

Abogados rechazan nuevo fiscal de la Dirección de Ingresos  
Sede de la DGI. Foto/Archivo.

No descartan  presentar acciones legales para proteger la Constitución y el ordenamiento jurídico del país

El Movimiento de Abogados Gremialistas (MAG) exigió una revisión inmediata a la reciente designación de un funcionario de Instrucción en la Dirección General de Ingresos (DGI), por considerarla que duplica funciones propias del Ministerio Público y contraviene principios constitucionales.

La autoridad otorgada al funcionario administrativo supera incluso a la de los miembros del Poder Judicial, lo cual, según el MAG, es contrario a los principios de convencionalidad.

Advirtieron que al funcionario se le atribuyen labores y diligencias que están a cargo del Ministerio Público, como lo es el delito de defraudación fiscal penal, eso implica una duplicidad de funciones estatales que son privativas de este ente de investigación, por mandato de la Constitución.

Además, destacaron la falta de control judicial y la ausencia de la Policía Nacional como auxilio coercitivo del Poder Judicial.

La Dirección General de Ingresos, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Archivo.

Además, objetaron la validez del Decreto de Gabinete 109 de 1970, basado en principios de una dictadura pasada, y resalta que este debería entenderse como derogado desde la Constitución Política de 1972.

“Toda disposición legal anterior a la Constitución y que sea claramente contraria a su letra y espíritu, se desechará como insubsistente”, señaló el MAG.

La preocupación se intensifica al observar que este súper funcionario asume poderes sin ningún tipo de control judicial y prescindiendo del auxilio de la Policía Nacional, un elemento que, según el gremio, es esencial para el debido proceso legal.

En la Gaceta Oficial del 15 de febrero, la DGI publicó una serie de resoluciones por medio de las cuales se designaron de forma individual a funcionarios de instrucción para la investigación de la evasión fiscal administrativa y defraudación fiscal penal.

En el artículo segundo de las resoluciones, se establece que el funcionario delegado podrá ejecutar diversas acciones legales, dentro de las cuales se encuentra la de ordenar, mediante resolución motivada, la aplicación de medidas cautelares.

Para hacerlo deberá exponer los actos del responsable de las obligaciones tributarias tendientes a evadir el pago, las razones en que se fundamenta el riesgo de la DGI, la cuantía de la presunta lesión fiscal e identificar los bienes objetos de la medida cautelar.

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