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Ni Realizando Metas ni Alianza tenían que pedir al TE que Mulino fuera su candidato presidencial

Ni Realizando Metas ni Alianza tenían que pedir al TE que Mulino fuera su candidato presidencial
Candidato presidencial José Raúl Mulino. Foto/Cortesía.

El pleno del TE estaba “estaba impedido de hacer gestión alguna” con los partidos que lo postularon y sostiene que habilitación de Mulino es legal

El Tribunal Electoral (TE) respondió este viernes el cuestionario de preguntas enviado por el magistrado Olmedo Arrocha, ponente en la demanda de inconstitucionalidad contra la candidatura de José Raúl Mulino.

De acuerdo con los magistrados Eduardo Valdés y Luis Guerra, la habilitación de Mulino como candidato presidencial está establecido en la Ley, en su condición de suplente del candidato presidencial, Ricardo Martinelli.

Explicaron a Arrocha que la norma establece que cuando un candidato principal pierde su carácter de postulado, por cualquier causa, el suplente asumirá su lugar.

El organismo electoral también adjuntó la copia autenticada por Secretaría General de formularios de postulación y documentación que sirvieron de sustento, para aceptar las postulaciones de los candidatos a presidente y vicepresidente por los partidos Realizando Metas y Alianza.

Explicaron que la decisión de habilitar a Mulino como candidato presidencial fue  adoptado por el pleno del TE . “No hubo una gestión previa para que esos partidos lo escogieran para ser su abanderado cuando la mayoría del pleno aprobó el Acuerdo 11-1 del 4 de marzo del 2024”, señaló la respuesta del TE.

El ente electoral informó a Arrocha que no existe ningún documento que sustente la decisión de habilitar a Mulino como candidato presidencial, pues, de acuerdo con la posición defendida por Valdés y Guerra, el pleno “estaba impedido de hacer gestión alguna” con los partidos que lo postularon.

Además el Código Electoral ya tenía previsto el escenario para cuando un candidato principal perdiera su carácter de postulado, disponiendo que su suplente asumirá su lugar.

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