La decisión se fundamenta en cuatro artículos del actual Código Electoral
El pleno del Tribunal Electoral (TE) revocó la resolución del Juzgado Segundo Administrativo Electoral que inhabilitó a Dana Castañeda como candidata a diputada. Con esta decisión, ocupará su curul en la Asamblea Nacional a partur del primero de julio próximo.
La decisión del ente electoral se fundamenta en al menos cuatro artículos del Código Electoral y lleva la firma de los magistrados Alfredo Juncá, Eduardo Valdés Escoffery y Luis Guerra.
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El pasado 25 de abril, Castañeda fue inhabilitada por la jueza Edmara Jaén para competir como candidata a diputada para el circuito 2-3 que comprende La Pintada, Natá y Olá, en la provincia de Coclé.
Fue inhabilitada bajo el argumento de no haber renunciado a su cargo de secretaria de la Asamblea Nacional en el período establecido por la Ley, cuando se participa de una contienda política.
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En aquel entonces, la jueza sostuvo que sus funciones en el legislativo no se limitaban únicamente a las sesiones plenarias, sino que abarcaban otras actividades conforme al Reglamento Interno.
El pasado 5 de mayo, Castañeda ganó la curul con más de un 24% de ventaja sobre su principal adversario Juan Manuel Peralta, quien corrió por la libre postulación.
La diputada electa compitió en los comicios por RM, Alianza y por el PRD-Molirena.