La decisión se fundamenta en cuatro artículos del actual Código Electoral
El pleno del Tribunal Electoral (TE) revocó la resolución del Juzgado Segundo Administrativo Electoral que inhabilitó a Dana Castañeda como candidata a diputada. Con esta decisión, ocupará su curul en la Asamblea Nacional a partur del primero de julio próximo.
La decisión del ente electoral se fundamenta en al menos cuatro artículos del Código Electoral y lleva la firma de los magistrados Alfredo Juncá, Eduardo Valdés Escoffery y Luis Guerra.
El pasado 25 de abril, Castañeda fue inhabilitada por la jueza Edmara Jaén para competir como candidata a diputada para el circuito 2-3 que comprende La Pintada, Natá y Olá, en la provincia de Coclé.
Fue inhabilitada bajo el argumento de no haber renunciado a su cargo de secretaria de la Asamblea Nacional en el período establecido por la Ley, cuando se participa de una contienda política.
En aquel entonces, la jueza sostuvo que sus funciones en el legislativo no se limitaban únicamente a las sesiones plenarias, sino que abarcaban otras actividades conforme al Reglamento Interno.
El pasado 5 de mayo, Castañeda ganó la curul con más de un 24% de ventaja sobre su principal adversario Juan Manuel Peralta, quien corrió por la libre postulación.
La diputada electa compitió en los comicios por RM, Alianza y por el PRD-Molirena.