El Consejo de Gabinete aprobó el Decreto 2-26, que autoriza la suscripción del Contrato de Fideicomiso del Fondo Nacional de Culturas
El Fideicomiso es entre el Ministerio de Cultura (MiCultura) y el Banco Nacional de Panamá (BNP), para la administración de los recursos destinados al fomento, promoción, financiamiento y desarrollo de las artes, el patrimonio y las expresiones culturales del país.
De conformidad con el Capítulo XV de la Ley 175 de 2020 —Ley General de Cultura—, el Fondo Nacional de Culturas tiene como finalidad financiar, mediante recursos no reembolsables, iniciativas culturales que contribuyan al fortalecimiento del ecosistema cultural panameño promoviendo la creación artística, la innovación cultural y la conservación del patrimonio cultural.
Señala el Decreto que el objeto del fideicomiso es constituir un patrimonio autónomo con los recursos transferidos por el fideicomitente (MiCultura) al fiduciario (BNP), así como con los aportes adicionales futuros que reciba, para la administración, custodia, inversión, desembolso y seguimiento de los recursos del Fondo Nacional de Culturas.
Este fideicomiso será constituido inicialmente con un aporte de B/.5,000,000.00 a través de MiCultura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 175 de 3 de noviembre de 2020, así como con los aportes adicionales que se incorporen posteriormente conforme a dicha Ley, al Presupuesto General del Estado, a donaciones, cooperación internacional, rendimientos financieros y otros recursos permitidos por la legislación vigente.
El decreto autoriza a la ministra de Cultura para suscribir, en nombre del Estado, el Contrato de Fideicomiso del Fondo Nacional de Culturas autorizado mediante el artículo 1, así como los acuerdos, instrumentos o documentos que resulten necesarios para la ejecución y funcionamiento del fideicomiso.
