La Autoridad Marítima de Panamá decidió derogar la polémica resolución que restringía durante 10 años el acceso a expedientes sobre concesiones portuarias, licencias e investigaciones. Pero la marcha atrás no cierra las preguntas: abre nuevas
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) dio marcha atrás este martes y acordó derogar la Resolución J.D. No. 012-2026, después de que la medida provocara cuestionamientos por limitar hasta 2036 el acceso público a información relacionada con concesiones portuarias, licencias de operación e investigaciones administrativas.
La polémica tiene un detalle que merece especial atención: la resolución fue aprobada el 5 de marzo de 2026, pero no fue publicada en la Gaceta Oficial hasta el 28 de agosto, casi seis meses después.
Ese desfase es, por sí solo, una pregunta periodística que exige explicación.
¿Qué se intentó ocultar?
La resolución declaraba de acceso restringido información contenida en expedientes sobre concesiones de áreas, licencias para servicios marítimos auxiliares e investigaciones por infracciones. La restricción alcanzaba documentos técnicos, administrativos y legales, dejando el acceso principalmente a las partes acreditadas y autoridades competentes.
El problema adquiere otra dimensión porque la decisión se tomó en un momento especialmente sensible para el futuro de los puertos de Balboa y Cristóbal, después de que la Corte Suprema declarara inconstitucional la ley que sustentaba la concesión de Panama Ports Company.
Actualmente, ambos puertos operan bajo contratos temporales mientras Panamá se prepara para definir nuevas concesiones de largo plazo.
Es decir, mientras el Estado se encuentra definiendo el futuro de uno de sus activos estratégicos, una resolución pretendía mantener fuera del alcance público durante una década buena parte de los expedientes relacionados con el sector.
La presión llegó desde varios frentes
El presidente José Raúl Mulino cuestionó públicamente la decisión y pidió a la AMP reconsiderarla, asegurando que desconocía las razones por las cuales la institución había decidido restringir esa información.
La reacción también llegó desde la sociedad civil. Transparencia Internacional Panamá calificó la medida como un posible “abuso de poder” y sostuvo que la resolución violaba la Ley 6 de 2002, que establece las reglas de acceso a la información pública.
El sector empresarial tampoco se quedó al margen. APEDE exigió anular la reserva y advirtió sobre sus implicaciones para la transparencia y la confianza en las decisiones relacionadas con el sector marítimo.
Las preguntas que quedan
La derogación resuelve, al menos por ahora, el problema inmediato del acceso restringido. Pero no responde cómo ni por qué se llegó hasta aquí.
¿Quién impulsó la resolución?
¿Por qué la Junta Directiva decidió aprobarla en marzo?
¿Por qué permaneció sin publicar hasta agosto?
¿Qué expedientes concretos estuvieron protegidos durante ese período?
¿Hubo concesiones o empresas cuyos documentos quedaron fuera del escrutinio público?
¿Quién elaboró el sustento jurídico de la medida?
Y, quizás la pregunta más importante: ¿por qué una institución pública consideró necesario blindar durante diez años información relacionada con activos estratégicos del Estado?
Los puertos no son un asunto menor. Representan infraestructura crítica, movimiento de comercio internacional, inversiones millonarias y concesiones capaces de comprometer intereses nacionales durante décadas. El propio Gobierno ha reconocido que Balboa y Cristóbal son activos estratégicos para la economía panameña.
Por eso, la derogación de la resolución no debería poner punto final al caso. Ahora comienza la investigación. Porque si la información iba a estar bajo llave hasta 2036, la ciudadanía tiene derecho a saber por qué intentaron cerrarle la puerta y qué había detrás de ella.
