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La Defensoría del Pueblo aclara información relacionada con los servicios de agua y energía eléctrica

La Defensoría del Pueblo aclara información relacionada con los servicios de agua y energía eléctrica

La Defensoría del Pueblo emite comunicado aclarando información relacionada a los servicios de agua y energía eléctrica

Ante las informaciones difundidas públicamente el día de hoy, 7 de octubre de 2026, por un medio de comunicación de la localidad, en relación con el suministro de agua y energía eléctrica en el inmueble donde funciona la sede principal de la Defensoría del Pueblo, en la ciudad de Panamá, consideramos oportuno realizar algunas aclaraciones a la ciudadanía en general.

1. La Defensoría del Pueblo no tiene 15 años ocupando el Edificio Los Toneles. El traslado a dichas oficinas se dio en enero de 2022, es decir, hace un poco más de 4 años, de los cuales 6 meses corresponden a esta nueva administración.

2. La controversia judicial a la que hacen referencia las publicaciones corresponde a diferencias entre La administración del inmueble y la Promotora El Tecal, S.A., y no contra la Defensoría del Pueblo, que es arrendataria, situación que debe ser esclarecida por las instancias correspondientes y dentro del proceso legal respectivo.

3. El contrato de arrendamiento que mantiene la Defensoría del Pueblo con su arrendador, establece expresamente las obligaciones que corresponden a la Promotora El Tecal S.A. En particular, la Cláusula Sexta, numeral 2, dispone:

“EL ARRENDADOR se compromete en tener al día el pago de los impuestos de inmuebles del bien arrendado y los gastos en concepto de agua.” (Véase acto público Nº.2026-0-49-01-08-PE-000009).

4. En cuanto a los servicios de energía eléctrica que la institución mantiene, los mismos cuentan con sus respectivos contratos de suministro, los cuales son pagados mensualmente.

Esta Defensoría del Pueblo respeta las inquietudes expresadas por los residentes y la Junta Directiva del PH Los Toneles. Al mismo tiempo manifiesta nuestra disposición a escucharlos, dentro de las competencias que establece la ley.

Reiteramos que la Defensoría del Pueblo en su condición de arrendataria, rechaza cualquier interpretación que pretenda atribuirle una conducta irregular o la apropiación ilegal de servicios públicos.

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