El incumplimiento de las normas establecidas en la Ley 45 de 2007, es el principal motivo de las sanciones impuestas.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) registra en este año, hasta el 22 de mayo de 2020, un total de 880 multas en primera instancia a 780 diferentes agentes económicos de todo el país.
Estas multas ascienden a B/.503,880.00. El incumplimiento de las normas establecidas en la Ley 45 de 2007, es el principal motivo de las sanciones impuestas (683) con 216 mil balboas, y les sigue las faltas al control de precios con 69 multas por B/.145,250.00.
Cabe destacar, que la Acodeco durante la situación nacional presentada por el Covid-19 se mantiene fiscalizando en todo el territorio nacional, las leyes y decretos que son de su competencia. Asimismo, ha tenido que cumplir con los decretos ejecutivos como el 114 del 13 de marzo de 2020 (margen bruto de comercialización de artículos de aseo personal, limpieza y consumo) y el 612 del 8 de mayo de 2020 (que flexibiliza la venta de bebidas alcohólicas para consumo personal y domiciliario, bajo parámetros y restricciones).
De acuerdo a las estadísticas del Tablero de multas, los supermercados y minisúper, son los establecimientos con mayor cantidad de sanciones impuestas en primera instancia por las autoridades de la Acodeco.