Las medidas tras la pandemia se extienden hasta el 30 de noviembre.
La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, en coordinación con la Dirección Nacional de Operaciones de Tránsito de la Policía Nacional, considerando las dificultades por pandemia que implica a los usuarios los trámites de renovación de placas de circulación vehicular, comunica, que se extiende un mes más la suspensión provisional de la aplicación de la infracción por circular con placa vencida, contenida en el numeral 11 del Art. 241 del Decreto Ejecutivo 640 de 2006 (Reglamento de Tránsito), hasta el 30 de noviembre de 2020.
Esta medida aplica para los vehículos con placa de circulación cuya fecha de vencimiento corresponde a los meses de agosto, septiembre y octubre, ya que las placas de meses anteriores se encuentran a disposición de los contribuyentes para su retiro.
La ATTT también comunicó que todas las licencias de conducir con fecha de expiración en los meses de marzo, abril, mayo, junio, lulio, agosto, septiembre y octubre se les concede prórroga en su vigencia hasta el 30 de noviembre de 2020.
A través de un comunicado informó que, continúa la suspensión provisional de la aplicación de los artículos 240 del Decreto Ejecutivo 640 de 2006 (Reglamento de Tránsito), referente a la sanción por desacato, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Lo anterior con el fin de evitar inconvenientes que en estos momentos pueda acarrear la retención de la licencia o el vehículo.
Hay mucha gente que no tiene trabajo y está viviendo del día a día. Y el carro es el machete