Según el demandante se está desconociendo “lo claramente estipulado en la Constitución”, que señala que las becas, auxilios o prestaciones económicas para estudiantes se darán en bases del merecimiento y la necesidad.
El artículos 169 de la ley que creó la beca universal viola, según el abogado Roberto Ruiz Díaz, el apartado 102 de la Constitución, que establece que el Estado establecerá sistemas que proporcionen los recursos adecuados para otorgar becas, auxilios y otras prestaciones económicas a los estudiantes que los merezcan o lo necesiten.
Así lo plasmó el jurista Díaz en una demanda de inconstitucionalidad que presentó en la la Corte Suprema de Justicia (CSJ), este miércoles 28 de junio.
La demanda está en manos del magistrado Luis Ramón Fábrega, tal como se observa en el reparto de expedientes realizado por José Ayú Prado, presidente de la Corte.
La beca universal tiene como objetivos prevenir y contrarrestar la deserción escolar de estudiantes que presentan problemas socioeconómicos, según evaluación del gabinete psicopedagógico.
Una modificación al artículo 169, en marzo de 2017, amplió el programa para que los estudiantes de escuelas particulares puedan recibir desde el año 2018 el beneficio del programa beca universal. El presidente de la República, Juan Carlos Varela, aprobó la modificación realizada por la Asamblea Nacional.
La beca universal es otorgada por el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos al estudiante que durante el año escolar cuente con un promedio académico general mínimo de 3.0, cuando se trate de estudiantes de educación primaria.