Estas modificaciones contemplan 351 grupos de cambios al arancel de importación, creación de 362 sub-partidas, 92 modificaciones y 130 eliminación.
La Autoridad Nacional de Aduanas (ANA), confirmó que tiene previsto desarrollar a partir de enero de 2022 jornadas de capacitaciones a los interesados por la entrada en vigencia de la Resolución No.450-2021 (COMIECO-EX) emitida por el Consejo de Ministros de Integración Económica el 22 de julio de 2021, que aprueba las modificaciones, por sustitución total, al Arancel Centroamericano de Importación.
De acuerdo con la resolución, se incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), los resultados de la Séptima Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, en la forma en que se consigna en el Anexo 1 de la citada Resolución, el cual constituye el Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
“Las adecuaciones o cambios fueron desarrollados por todo un equipo técnico de la Autoridad Nacional de Aduanas y surgieron de la necesidad de identificar, bajo el lenguaje aduanero universal productos específicos con alto volumen comercial, mercancías de interés ambiental, social, de doble uso entre otros y la creación o aclaración de textos para descripción y clasificación uniforme”, explicó Aduanas.
Según la entidad, “los cambios están adaptados a los nuevos flujos de productos y a los rápidos avances tecnológicos que incluyen productos como: desechos electrónicos y eléctricos, drones multipropósito, impresoras 3D, productos para la resolución de problemas ambientales y sociales como por ejemplo: nuevos productos del tabaco y nicotina, kits de diagnóstico rápido (virus zika), mercancías de uso dual, químicos con potencial de calentamiento global, entre otros”.
Resolución No.450-2021 (COMIECO-EX)
La Oficina de Comunicación de la Autoridad Nacional de Aduanas remitió a este medio de comunicación el contenido de la Resolución No.450-2021 (COMIECO-EX), expedida por el Consejo de Ministros de Integración Económica. A continuación la parte resolutiva.
1-Aprobar las modificaciones, por sustitución total, al Arancel Centroamericano de Importación, que incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), los resultados de Ia Séptima Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, en Ia forma que se consigna en el Anexo 1 de la presente Resolución, el cual constituye el Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
2-Los Derechos Arancelarios a Ia Importación (DAI) de los incisos arancelarios que los Estados Parte hayan modificado unilateralmente y notificado al Consejo, conforme las disposiciones del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, continuaran en vigor hasta Ia fecha en que el COMIECO adopte una decisión sobre los mismos.
3-La Republica de Panamá aplicará los DAI de los incisos arancelarios de Ia Parte II del SAC aprobado en el numeral 1 de esta Resolución, que se listan en el Anexo 2 de Ia misma.
4-De conformidad con el Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al Subsistema de Integración Económica Centroamericana, la República de Panamá aplicará la nomenclatura y los DAI consignados en su arancel nacional vigente, para aquellos incisos arancelarios contenidos en los Anexos 5.1 y 5.2 del mencionado Protocolo; y los códigos, descripciones y DAI del arancel centroamericano de importación que ya hayan sido adoptados por Ia Republica de Panamá. Para tales efectos, la República de Panamá realizara, con posterioridad a Ia firma de esta Resolución, la publicación de Ia versión del Arancel de Importación en el que se reflejaran tanto los DAI y la nomenclatura armonizada, así como aquellos DAI y nomenclatura no armonizados. e,
La presente resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2022.