La advertencia del Tribunal Electoral es porque los fondos públicos no pueden usarse tanto por parte de partidos políticos, precandidatos para primarias, elecciones generales del 2024 e incluso candidatos de libre postulación y recordó que hay sanciones.
A continuación, publicamos un comunicado emitido por el Tribunal Electoral, en relación a la utilización de fondos públicos para fines electorales y las correspondientes sanciones
“El Tribunal Electoral advierte a todas las juntas comunales, del país que son receptoras de los fondos públicos previstos en la ley de descentralización que:
1. Dichos fondos no pueden usarse para fines políticos, es decir, para favorecer o apoyar a ningún partido ni precandidato, ya sea por libre postulación, o postulados en las elecciones primarias partidarias previstas para los meses de junio y julio del presente año, ni a los que sean postulados como candidatos a través de otros mecanismos partidarios para la elección general del 5 de mayo de 2024; so pena de incurrir en el delito previsto en el numeral 3 del artículo 523 del Código Electoral, cuyo tenor es:
“Artículo 523. Se sancionará con pena de prisión de uno a tres años y suspensión de los derechos políticos e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual tiempo al de la pena principal, a los autores materiales o intelectuales que:
3. Utilicen ilegítimamente los bienes y recursos del Estado, en beneficio o en contra de determinados precandidatos, candidatos o partidos políticos legalmente constituidos o en formación”.
2. El artículo 282 del Código Electoral prohíbe la participación de precandidatos y candidatos en eventos de inauguración de obras o actividades financiadas con fondos públicos, so pena de ser inhabilitados.