El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) presentó ante la Asamblea Nacional un proyecto de ley que propone la inclusión del delito de fraude fiscal como delito en el Código Penal
El MEF informó que se trata del proyecto de ley que adiciona el Capítulo XII “Delitos contra la Hacienda Nacional”, al Título VII del Código Penal y blinda nuestro centro financiero así como a las actividades logísticas y de servicios legales contra su posible uso para evadir impuestos en otras jurisdicciones o en Panamá.
En la iniciativa se estipula sanciones de 2 a 5 años y multas hasta 10 veces el importe defraudado a las personas que en beneficio propio o de un tercero, con la intención de defraudar a la Hacienda Nacional simule, oculte, omita, falsee o engañe en la determinación de una obligación tributaria para dejar de pagar en todo o en parte los tributos.
Adicionalmente establece que para que haya delito tiene que haber fraude por encima de 300 mil dólares en un año fiscal.
El Proyecto de Ley impulsado por el MEF contempla como causa de cancelación de la punibilidad del fraude la liquidación incondicional y total del tributo adeudado y propone que será el Tribunal Administrativo la instancia que referirá el caso al Ministerio Público.
Un estudio publicado en el 2017 por la Comisión Nacional contra el Blanqueo de Capitales Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de Armas de Destrucción Masiva reveló que Panamá es uno de los pocos países cuyas normas legales no cumplen con los estándares más básicos en materia fiscal penal.
Actualmente, la defraudación fiscal en Panamá es una falta administrativa y no penal. El Proyecto de Ley presentado elimina la potestad existente del director/a de la Dirección General de Ingresos de encarcelar a los defraudadores.