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Seguro de riesgos profesionales: desafíos frente a las nuevas formas de trabajo

Seguro de riesgos profesionales: desafíos frente a las nuevas formas de trabajo
Carlos Eduardo Castillero Virzi, Abogado.

El seguro de riesgos profesionales es uno de los pilares menos visibles, pero más importantes, de la protección laboral

Su finalidad es brindar asistencia médica y prestaciones económicas cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. En Panamá, este sistema descansa principalmente en el Decreto de Gabinete 68 de 1970, administrado por la Caja de Seguro Social, y se complementa con las disposiciones del Código de Trabajo y otras normas de seguridad y salud ocupacional.

El modelo tiene una fortaleza evidente: la cobertura es obligatoria para los trabajadores comprendidos por el régimen y no exige tiempos mínimos ni determinada densidad de cotizaciones para acceder a la protección por riesgos profesionales. Esa característica refuerza su naturaleza protectora. Pero un sistema diseñado hace más de cinco décadas debe enfrentarse hoy a formas de trabajo que han cambiado de manera profunda.

La propia definición legal de accidente de trabajo es amplia. Comprende lesiones sufridas en la ejecución, con ocasión o por consecuencia del trabajo y también determinadas situaciones fuera del lugar habitual, incluido el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo. Esto demuestra que el sistema nunca estuvo limitado exclusivamente al accidente ocurrido dentro de una fábrica u oficina.

El teletrabajo añade, sin embargo, nuevos problemas de prueba y delimitación. Panamá ya dio un paso importante: el Decreto Ejecutivo 133 de 2020 establece que los riesgos profesionales pueden producirse en el lugar o lugares donde se presta el teletrabajo y que corresponde a la Caja de Seguro Social investigar el caso. Por ello, el desafío actual no es la ausencia total de regulación, sino determinar con claridad, en cada situación, si el accidente guarda una relación suficiente con la prestación laboral.

Una caída ocurrida durante la jornada dentro del domicilio puede parecer sencilla de analizar, pero la situación cambia si ocurre mientras el trabajador realiza una actividad personal, se desplaza fuera del espacio destinado al trabajo o interrumpe temporalmente sus funciones. El trabajo híbrido y remoto obligan a documentar mejor horarios, lugares de prestación y circunstancias del accidente sin convertir el hogar en un espacio de vigilancia empresarial permanente.

Las enfermedades profesionales presentan otro reto. El Decreto de Gabinete 68 utiliza una definición amplia: considera enfermedad profesional todo estado patológico que resulte del proceso de trabajo o de las condiciones específicas en que este se ejecuta. Además, faculta a la Junta Directiva de la CSS para adicionar o modificar el listado correspondiente. El sistema, por tanto, tiene capacidad jurídica para evolucionar.

La dificultad está en trasladar esa apertura normativa a la realidad médica y probatoria. Trastornos musculoesqueléticos, riesgos psicosociales y otras afectaciones asociadas a nuevas formas de organización del trabajo requieren evaluaciones técnicas capaces de establecer el vínculo entre la condición de salud y la actividad laboral. No todo padecimiento experimentado por un trabajador es automáticamente profesional, pero tampoco debería descartarse solo porque no corresponda a los riesgos tradicionales.

El reporte oportuno de los accidentes también sigue siendo fundamental. El empleador debe comunicar a la CSS, dentro del plazo legal, los hechos que puedan constituir un riesgo profesional, mientras el trabajador debe informar inmediatamente al empleador, salvo fuerza mayor. El subregistro debilita al sistema porque impide conocer con precisión dónde se producen los riesgos y qué medidas preventivas deberían adoptarse.

La CSS ha reconocido la existencia de subregistro en esta materia. Por eso, la cultura preventiva debe incentivar el reporte, no convertirlo en una amenaza para quien comunica un incidente. Reportar no significa necesariamente admitir responsabilidad empresarial; significa permitir que el hecho sea investigado, atendido y utilizado para prevenir situaciones similares.

También existen retos administrativos. La gestión de incapacidades, recaídas y prestaciones requiere documentos, certificaciones y, en determinados casos, evaluaciones especializadas. La digitalización puede reducir cargas y mejorar la trazabilidad, pero cualquier modernización debe preservar controles suficientes para garantizar que los recursos del sistema se utilicen correctamente.

El seguro de riesgos profesionales tiene además una dimensión preventiva que no debe quedar eclipsada por el pago de prestaciones. La normativa faculta a la CSS para dictar medidas de prevención y obliga a las empresas a participar mediante mecanismos de seguridad y salud. Prevenir una caída, una lesión musculoesquelética o una exposición perjudicial siempre será preferible a compensar sus consecuencias después.

Panamá cuenta con una estructura jurídica sólida sobre la cual avanzar. No necesita comenzar de cero ni reemplazar íntegramente el sistema. Lo que sí necesita es mantener actualizados sus criterios médicos, administrativos y preventivos frente a nuevas formas de trabajar.

Un seguro de riesgos profesionales moderno no se mide únicamente por cuánto paga después de un accidente. Se mide también por su capacidad para reconocer riesgos nuevos, resolver casos con agilidad, producir información confiable y, sobre todo, evitar que el accidente o la enfermedad vuelvan a ocurrir.

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