En la nota que se notifica sobre la audiencia de rigor a Martinelli, fue recibida en hora de la mañana de hoy 9 de abril, sin embargo, no se solicita su traslado para su presencia en la audiencia, por lo que no se trasladó al exgobernante a la sede del Tribunal Electoral.
El Ministerio de Gobierno (Mingob) detalló que el artículo 40 del Decreto Ejecutivo 393 del 25 de agosto de 2005, que reglamenta al Sistema Penitenciario, establece que solo se pueden realizar traslados de reos a través de orden de autoridad judicial con 72 horas de antelación, exceptuando urgente necesidad de la comparecencia de la presencia de la persona de forma inmediata, y resaltó que solo se puede actuar de acuerdo a lo que esté expresamente establecido en las normas.
Esto surgió luego de que la ex primera dama Marta Linares de Martinelli, denunciara que el ministro de Gobierno Carlos Rubio, regente del Sistema Penitenciario e hijo del demandante del exmandatario, no le permitió a su esposo, Ricardo Martinelli, participar en la audiencia que se llevó a cabo este martes dentro del proceso de impugnación a las candidaturas del expresidente a los cargos de Alcalde Capitalino y diputado del circuito 8-8.
De acuerdo con el Mingob, la Nota 021-J5E-2019 en la cual se notifica sobre la audiencia de rigor a Martinelli, fue recibida en hora de la mañana de hoy 9 de abril, sin embargo, no se solicita su traslado para su presencia en la audiencia, por lo que no se trasladó al exgobernante a la sede del Tribunal Electoral.
Comunicado a la Nación ?? pic.twitter.com/EKdhxeEwLT
— MinGobPA (@MinGobPA) 9 de abril de 2019
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