En un fallo dictado en las postrimerías del año pasado, el juez primero, ramo penal, Rolando Quezada Vallespi anuló todo el proceso seguido por supuesto blanqueo de capitales a Guillermo Ferrufino, exministro de Desarrollo Social en la administración pasada, que alcanzaba también al empresario Fotis Lymberópulos
La decisión del juez Rolando Quezada Vallespi surge a consecuencia de un incidente interpuesto por el empresario Lymberópulos en el que solicitaba que se declarara la nulidad de todo lo actuado en las sumarias seguidas al exministro Ferrufino por el delito arriba mencionado que ha estado bajo la responsabilidad de la Fiscalía Séptima Anticorrupción a cargo de Janeth Rovetto.
La investigación, en la que aparecen señaladas la Milena Vallarino, esposa del exministro, y la madre del exfuncionario, Amnelis Morales, nació tras el proceso que inicia en la Fiscalía Primera Anticorrupción por el supuesto enriquecimiento injustificado perpetrado por Ferrufino.
Si bien es cierto, dijo el juez, las sumarias abiertas en la Fiscalía Séptima Anticorrupción no pudieron ser acumuladas a los procesos originales (Fiscalía Primera Anticorrupción) por encontrarse en estados distintos, pero la raíz de este proceso tienen el mismo hecho en común, y conforme lo dispone el artículo 1949 del Código Judicial que por un solo hecho se seguirá un solo proceso aunque sean varios los autores o partícipes.
“En este sentido, nuestra Carta Magna en su artículo 32 prohíbe el doble juzgamiento por la misma causa”, advirtió el juez.
Ante esa realidad, añadió, se resuelve admitir el incidente interpuesto por el empresario Fotis Lymberópulos, y en concordancia declara la nulidad de lo actuado dentro de las sumarias seguidas al exministro Ferrufino y otros por supuestos delitos contra el Orden Económico en la modalidad de blanqueo de capitales y ordena el archivo del expediente.
Tras un año y ocho meses detenido, el exministro Ferrufino fue beneficiado, en septiembre pasado, con una medida cautelar de casa por cárcel ordenada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia. Tres meses más tarde, en diciembre pasado, el Juzgado Decimoquinto, ramo penal, modificó esa medida, y estableció el impedimento de salida del país y notificarse cada 15 días al despacho donde se encuentre el expediente.
La despeculacion del peculado, la Institucionalizacion de la corrupción, la compra de la justicia, la estorcion, el soborno, la desvergüenza de todo un sistema de gobierno cuyo moral es cuestionada y carente a de autoridad para juzgar a quienes fueron y son socios en crimen organizado q acaba con nuestro país y con ello los sueños de nuevas generaciones