Conceden amparo de garantías a Eudocio "Pany" Pérez en caso “El Gallero”

Conceden amparo de garantías a Eudocio "Pany" Pérez en caso “El Gallero”
Eudocio 'Pany' Pérez, exalcalde de La Villa de Los Santos.

“Pany” Pérez, se mantiene bajo arresto domiciliario, impedimento de salida del distrito de Los Santos, también debe notificarse los días lunes de cada semana ante la Personería

El Primer Tribunal Superior de Justicia de Panamá, mediante resolución de fecha 15 de marzo de 2018, concedió un amparo de garantías constitucionales a favor de Eudocio “Pany” Pérez, alcalde separado de La Villa de Los Santos, dentro de la investigación por la presunta comisión de los delitos de blanqueo de capitales y corrupción de servidores públicos.

El amparo de garantías fue interpuesto por Gladys Quintero, abogada de Pérez, contra la juez de Garantías del Primer Circuito Judicial, que dio por presentada la formulación de imputación en contra de su cliente.

Según el Órgano Judicial, la decisión del Primer Tribunal, suscrita por los magistrados Carlos Trujillo, Miguel Espino y Olga Rujano, dispuso revocar el acto emitido por la juez de Garantías, que consiste en tener por presentada la formulación de la imputación que hiciera la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, durante el acto de audiencia oral celebrada los días 26 y 27 de septiembre de 2017, toda vez que se requería la autorización del Tribunal Electoral para adelantar investigaciones respecto al prenombrado alcalde de la Villa de Los Santos, quien poseía fuero penal electoral como subsecretario de un partido político.

En cuanto a la postura de la juez de Garantías de que el fuero penal electoral se pierde cuando la persona es aprehendida en flagrancia, detallan que “en el caso bajo estudio, no encuentra el Tribunal que se configure la flagrancia en los supuestos que contempla la norma (234 CPP), debido a que no existe una inmediatez personal, debido a que la vinculación que hace la Fiscalía al amparista E.E.P.F. es producto de las escuchas telefónicas, que fueron autorizadas a los teléfonos de los señores D.W. y C.C., y sin que se le haya sorprendido en el lugar de comisión del delito, para que se considere una prueba contundente de su participación;…”

También aqgregó, que al ser advertida la vulneración a las garantías constitucionales del debido proceso, lo procedente, según el Primer Tribunal es conceder el amparo de garantías constitucionales y revocar la formulación de imputación contra “Pany” Pérez dentro del caso denominado “Operación El Gallero”, que se maneja bajo el Sistema Penal Acusatorio.

El Órgano Judicial señaló que la decisión aún no está en firme, y puede ser susceptible de apelación, por cuanto se encuentra notificándose por edicto en el mural de la Secretaría del Primer Tribunal Superior.

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